El imperio de la Ley. En un país democrático, basado en el Estado de derecho, cualquier decisión judicial, incluyendo la del mandatario, puede ser revisada, sostienen Walter Gutiérrez y García Sayán. Enrique Mendoza, sigue negando que el tribunal pueda observar la gracia presidencial.,Pamela Palacios y David Pereda Para el Defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, así como para el ex presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y ex ministro de Justicia Diego García Sayán, toda decisión jurídica ejecutada por cualquier estamento del Estado, incluso de la Presidencia de la República, está sometida al control judicial tanto en el orden interno como en el internacional. El indulto y la gracia otorgada, por tanto, al ex dictador Alberto Fujimori por el presidente Pedro Pablo Kuczynski pueden ser revisadas en la Corte IDH. De acuerdo con Walter Gutiérrez, “en la democracia constitucional no existe acto que no sea revisable”. PUEDES VER Ministro de Justicia responde al defensor del Pueblo: "Técnicamente, el indulto no es revisable" Gutiérrez aclaró que si bien “el presidente tiene máxima discrecionalidad" y que sobre esta facultad hay unanimidad, hizo hincapié en que ésta "discurre en el cumplimiento de reglas, que parten de la Constitución y reglamentos que el propio Ejecutivo ha dado, y estándares constitucionales que son vinculantes”. Reiteró que el Gobierno no cumplió con los modelos requeridos en el indulto y gracia otorgado al ex dictador Alberto Fujimori. El defensor del Pueblo reafirmó que "en la resolución no se aloja el cómputo del plazo para el derecho de gracia" y en ese sentido, sostuvo que en dicho documento debió figurar de forma explícita. Negó que su informe sea un acto político y que por interpretaciones como esa, el Estado ha perdido muchos casos ante la Corte IDH. Asimismo, insistió que si bien el ex dictador puede tener la libertad de expresión vía Twitter o escribiendo sus memorias o un libro, no puede hacer política. "La legislación peruana señala que para el indultado que comete delito su pena es mayor. Lo que está diciendo allí el Estado es que no puede realizar los mismo actos", explicó. Responde a Mendoza García Sayán dijo a su vez que no es posible que en una república democrática como el Perú, donde se aplica el Estado de derecho, se sostenga la tesis de que hay órganos del Estado que dicten decisiones absolutamente irrevisables. "Los tiempos del monarca absoluto, del omnipotente Luis XIV terminaron hace mucho tiempo. En en una república democrática una decisión tomada por el presidente, en uso de sus atribuciones, puede ser revisada judicialmente si es que en ella se reconsidera que no se llevó a cabo bajo la Constitución y el ordenamiento jurídico", sostuvo a La República. En la misma línea que el defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, García Sayán manifestó que, tanto en el caso del indulto como de la gracia presidencial, debe existir una motivación más robusta, ya que se trata de delitos muy graves como son las violaciones de derechos humanos. "Es tan grave el delito que tienen que ser muy sólidos y explícitos los fundamentos", agregó. "La necesidad de una fundamentación reforzada no existe para el indulto, es débil. Para el derecho de gracias es cero. Hay un solo párrafo en el derecho de gracias y está en el artículo 118 de la Constitución, pero no explica para qué delito, por qué se cumple, por qué se aplica el supuesto de la Constitución que ha vencido el tiempo de la instrucción en exceso (del caso Pativilca)", refutó más temprano en Ideeleradio. Caso Pativilca Explicó que cuando la Ley de Amnistía de 1995 se dejó sin efecto en el año 2001 por la Corte IDH, este tribunal señaló que la decisión de investigar y sancionar no solo era para los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta sino para todos los otros hechos de graves violaciones de derechos humanos ocurridos hasta 1995 . "Si tenemos un caso como el de Pativilca, que estaba protegido por la Ley de Amnistía, no hay que tener una bola de cristal para deducir que la Corte tendrá que ser coherente con su jurisprudencia previa", remarcó. Además, indicó que si hay un indulto bien fundamentado, este debió estar conectado a los derechos de las víctimas, a la trasparencia del proceso, y que haya el mínimo gesto de arrepentimiento del ex dictador Fujimori. La tesis de Mendoza Por su parte, el ministro de Justicia, Enrique Mendoza, señaló que el indulto "técnicamente no es revisable". Mendoza manifestó su "extrañeza" sobre el informe de la Defensoría del Pueblo e indicó que se trata de "afirmaciones inexactas". "No sé por qué alega falta de motivación cuando en la en la resolución se reproducen con mucha claridad las partes nucleares de los diagnósticos médicos que han servido de sustento", manifestó. El ministro afirmó que el informe de la Defensoría tiene connotación política. "Este indulto naturalmente iba a salir en enero, con Papa o sin Papa", indicó Mendoza.