¡A tomar en cuenta! SAT anuncia que visitará las casas de miles de contribuyentes de México por esta importante razón
El SAT tiene la facultad legal de realizar estas visitas domiciliarias a contribuyentes de México sin necesidad de notificación previa.
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que llevará a cabo visitas domiciliarias a un cierto grupo de contribuyentes en México para asegurar que cumplan con sus responsabilidades fiscales.
Cabe señalar que el SAT tiene la facultad legal de realizar estas visitas sin necesidad de notificación previa. Estas inspecciones, que se reanudan en este junio de 2025, están basadas en lo dispuesto por el Código Fiscal de la Federación (CFF).
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¿A qué grupo de contribuyentes el SAT realizará una visita domiciliaria?
Las visitas domiciliarias que llevará a cabo el SAT estarán dirigidas al sector de los adultos mayores. Ante la posibilidad de recibir una inspección de este tipo, es crucial entender en qué consiste el proceso.
Si el SAT detecta irregularidades en las declaraciones fiscales de un contribuyente, responsable solidario o personas vinculadas a ellos, procederá con estas revisiones, sin hacer distinciones por edad,
En el caso de los jubilados y pensionados, la entidad fiscal tiene la obligación de informarles que tienen derecho a recibir asesoría jurídica gratuita y a solicitar la presencia de un representante legal. Si no se respeta este derecho, el procedimiento podría ser anulado.
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Toma nota, contribuyente de México: esto debes tener en cuenta si el SAT te visita
El organismo tributario del SAT establece derechos específicos durante el proceso de fiscalización del contribuyente.
- El contribuyente tiene derecho a ser informado sobre sus derechos y obligaciones desde el inicio de la revisión.
- Además, debe recibir la Carta de los Derechos del Contribuyente Auditado.
- También puede corregir su situación fiscal mediante declaraciones normales o complementarias.
- Por último, el contribuyente tiene la posibilidad de solicitar la conclusión anticipada de la visita si se demuestra que se han cumplido las obligaciones fiscales, siempre que hayan pasado al menos tres meses desde el inicio del procedimiento.
¿Qué hacer si un contribuyente no está de acuerdo con la revisión del SAT?
Si el contribuyente no está de acuerdo con las observaciones preliminares del SAT, tiene la opción de dirigirse a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) para solicitar un acuerdo conclusivo, lo cual permite resolver el conflicto de manera más rápida y sin necesidad de recurrir a juicio.
Asimismo, los visitadores del SAT tienen la obligación de identificarse al llegar al domicilio fiscal, presentando su credencial institucional con fotografía y la orden de visita firmada por una autoridad competente. Esta orden debe incluir los datos del contribuyente, su domicilio fiscal, los fundamentos legales de la inspección y el objetivo de la misma. En caso de que esta documentación no sea presentada correctamente, el contribuyente tiene el derecho de denegar el acceso.
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