Estos son los documentos que necesitan los herederos del Fonavi para cobrar el pago de aportes en el Banco de la Nación
El Documento Nacional de Identidad (DNI) no es el único documento que deben presentar los herederos de fonavistas en el Banco de la Nación para realizar el pago de aportes, según la Comisión Ad Hoc.
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Los familiares de fonavistas fallecidos deben presentar una serie de documentos para acreditar su relación con el exaportante del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi). De esta manera, podrán cobrar la devolución de aportes que no pudo recibir el titular debido a su avanzada edad.
La Comisión Ad Hoc, organismo encargado de gestionar y realizar los procesos de devolución de aportes, establece que los herederos deben presentar un documento según el lazo de consanguinidad, además de su Documento Nacional de Identidad (DNI). Los familiares pueden ser cónyuges, hijos, padres y hermanos.
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¿Qué deben hacer los herederos de fonavistas fallecidos para acreditar su condición?
Aparte del Documento Nacional de Identidad, el heredero del fonavista fallecido debe presentar una declaración jurada que verifique su condición de heredero. Este documento debe declarar que no existen otros beneficiarios con igual o mayor prioridad. En caso contrario, deben incluirse todos los beneficiarios.
Asimismo, el familiar del exaportante debe conceder la partida de defunción certificada del fonavista fallecido, la cual no puede tener una antigüedad superior a 30 días. También se deben mostrar los documentos que señalen el vínculo con la persona fallecida y el beneficio económico calculado por la Secretaría Técnica del Fonavi. Por otro lado, existe una documentación extra que varía según la relación con el fonavista fallecido:
- Viudo: copia certificada de la partida o acta de matrimonio, expedida por Reniec, municipalidad o según corresponda.
- Conviviente: certificado actualizado de su inscripción en el registro de personas naturales, en el que conste la Unión de Hecho, emitido por la Sunarp.
- Hijos: copia certificada de la partida o acta de nacimiento expedida por Reniec, municipalidad o según corresponda.
- Padres: copia certificada de la partida o acta de nacimiento expedida por Reniec, municipalidad o según corresponda.
- Hermanos: copia certificada de la partida o acta de nacimiento expedida por Reniec, municipalidad o según corresponda.
Orden de prioridad de los herederos para cobrar aportes 2025
La Comisión Ad Hoc establece que, si un fonavista fallecido tiene varios familiares, estos deben seguir un orden de prioridad para cobrar la devolución de aportes en el Banco de la Nación. De esta manera, se busca evitar disputas y asegurar un proceso de forma clara.
- Cónyuge o conviviente registrado en una unión de hecho.
- Hijos del fonavista fallecido.
- Padres del aportante.
- Hermanos del beneficiario.
- Otros herederos indicados en un testamento o sucesión intestada.
Cabe señalar que el heredero recibirá directamente la devolución de aportes del Fonavi únicamente si no hay familiares en categorías superiores.
¿Cuánto tiempo tengo para cobrar Fonavi?
Los fonavistas y herederos no tienen una fecha límite para concretar el cobro de aportes, siempre y cuando se haya oficializado su inscripción en el registro y esta se mantengan activa, según la Resolución Administrativa N.º 009-2025/CAH-Ley N.º 29625. Así, los beneficiarios pueden acercarse a las sedes del Banco de la Nación para recibir el pago.
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