Estos son todos los derechos laborales y beneficios económicos que reciben las madres trabajadoras en el Perú, según la ley
El Día de la Madre honra el esfuerzo y sacrificio de las mujeres en la crianza. Además, destaca los derechos laborales y beneficios económicos de las madres trabajadoras. ¡Conoce los detalles!
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El Día de la Madre es una festividad que se celebra en diversas partes del mundo para honrar la labor de las mujeres en su rol de madres. Su origen remonta a antiguas tradiciones que buscaban reconocer la importancia de la maternidad y el esfuerzo continuo de las madres en la crianza y educación de los hijos. Con el tiempo, esta fecha se ha consolidado como una oportunidad para expresar gratitud y reconocimiento por el amor incondicional que las madres brindan en las familias.
En el Perú, el Día de la Madre también pone de relieve los derechos laborales y beneficios económicos de las madres trabajadoras. La ley establece licencias de maternidad remuneradas, así como la protección frente a despidos durante el período de gestación y postnatal. Estas disposiciones buscan garantizar el bienestar de las madres y sus hijos durante estos procesos.
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Derechos laborales de las mujeres trabajadoras
Derecho a la lactancia materna
De acuerdo con la Ley 27240, las madres trabajadoras tienen el derecho de disponer de una hora diaria de permiso para la lactancia materna hasta que su hijo cumpla un año. Este permiso es adicional al tiempo destinado al uso del lactario institucional durante la jornada laboral.
Asimismo, todas las instituciones, tanto públicas como privadas, que cuenten con al menos 20 mujeres en edad fértil deben habilitar un espacio adecuado dentro de sus instalaciones, para que las trabajadoras puedan extraer y conservar su leche materna.
Descanso pre- y posnatal
Según la Ley 30367, las mujeres trabajadoras tienen derecho a 49 días de descanso prenatal y otros 49 días de descanso posnatal, los cuales pueden tomarse de forma parcial, total o diferida, según lo decida la madre. Esta decisión debe comunicarse al empleador con al menos dos meses de antelación a la fecha prevista del parto. Además, según Pamela Duffy, de Dentons Perú, las madres trabajadoras en Perú pueden solicitar las siguientes licencias laborales:
Licencia por maternidad
Las trabajadoras que sean madres tienen derecho a un descanso remunerado por el nacimiento de su hijo o hija. Este descanso, establecido en la Ley 26644, comprende 49 días de descanso prenatal y 49 días de descanso posnatal, con la posibilidad de extenderse 30 días adicionales en caso de parto múltiple o nacimiento de niños con discapacidad.
Cabe precisar que, la Comisión de Trabajo del Congreso, presidida por la congresista Elva Julón, aprobó un dictamen que propone ampliar los beneficios laborales para las trabajadoras en periodo de gestación y aquellas con hijos recién nacidos. De acuerdo con el dictamen, las trabajadoras tendrán derecho a 49 días de descanso prenatal obligatorio y 70 días de descanso postnatal.
Esta iniciativa fue convalidada con 15 votos a favor y 1 en contra, emitido por el congresista Jorge Morante, quien expresó su preocupación sobre el posible desfinanciamiento de EsSalud y los efectos en la contratación de mujeres en edad fértil. A pesar de estas observaciones, el dictamen está listo para ser debatido en el Pleno del Congreso.
La propuesta legislativa busca garantizar un periodo adecuado para la lactancia exclusiva de los recién nacidos. El dictamen establece que la trabajadora gestante podrá acumular los días de descanso prenatal y postnatal a su elección. Además, en casos especiales, como nacimientos múltiples, prematuros, o niños con discapacidad o con peso inferior a 1.500 gramos, se otorgarían 40 días adicionales.
Sin embargo, EsSalud alertó sobre el impacto económico que generaría esta ampliación, estimando un costo adicional de S/692 millones en los próximos 5 años. En respuesta, la Comisión de Trabajo modificó la propuesta para reducir la ampliación a 8 días, lo que reduciría los costos a S/40 millones en el primer año y S/198 millones en los siguientes 5 años. Si el dictamen es aprobado en el Pleno, el Poder Ejecutivo podrá observarlo o proceder a su publicación en El Peruano.
¿Qué sucede en caso de despido por embarazo?
Según una infografía de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), el despido de una trabajadora debido a su embarazo, el nacimiento de su hijo o sus consecuencias, o durante el período de lactancia, se considera nulo si ocurre en cualquier momento durante la gestación o dentro de los 90 días posteriores al nacimiento.
Para que el despido sea considerado nulo, el empleador debe haber sido informado por escrito sobre el embarazo antes de llevar a cabo la terminación laboral. Sin embargo, esta normativa no impide que el empleador despida a la trabajadora por una causa justa, siempre que esta no esté vinculada al embarazo.
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