Economía

Nueva restricción para trabajar en el Estado peruano: Gobierno establece edad máxima en este sector a partir del 2025

La Ley N.º 32199 introduce nuevas disposiciones para trabajadores públicos, incluyendo modificaciones en licencias sin goce de haber y compensación por tiempo de servicios.

La edad máxima para trabajar en el Estado entrará en vigor a partir del 2025. Foto: Andina/LR
La edad máxima para trabajar en el Estado entrará en vigor a partir del 2025. Foto: Andina/LR

Una reciente modificación legal en Perú establece nuevos criterios para el retiro de trabajadores en el sector público, determinando una edad máxima para el ejercicio de funciones dentro de las entidades estatales. Esta disposición forma parte de un paquete normativo que también introduce ajustes en los regímenes de licencias sin goce de haber y en el cálculo de la compensación por tiempo de servicios (CTS), bajo un esquema que busca uniformizar las condiciones laborales.

Estas medidas afectan de forma directa a quienes se encuentran contratados bajo ciertos marcos normativos del aparato estatal. La entrada en vigor de la norma se ha definido para el inicio del año 2025. A continuación, se detallan los principales aspectos de la ley, su ámbito de aplicación y las implicancias para los trabajadores del Estado.

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¿Qué establece la Ley N.º 32199 sobre el límite de edad para trabajar en el Estado peruano?

La Ley N.º 32199, publicada en el diario oficial El Peruano el 17 de diciembre de 2024, establece que los servidores públicos comprendidos en el régimen del Decreto Legislativo N.º 276 deberán cesar en sus funciones al cumplir 70 años de edad. La normativa dispone que el retiro se efectúe al cierre del año calendario en el que se alcanza dicha edad, con lo cual se define una fecha clara de finalización del vínculo laboral en función del cumplimiento de este límite.

La medida busca establecer un criterio uniforme respecto al cese por edad, y deberá ser aplicado por todas las instituciones del Estado que cuenten con personal bajo el régimen 276. Esta disposición no contempla excepciones y su ejecución será responsabilidad de cada entidad pública, que deberá realizar los procedimientos administrativos correspondientes en el marco de sus competencias.

Cambios en licencias sin goce de haber y cálculo de CTS para servidores públicos

Además del límite de edad, la ley incorpora cambios en el régimen de licencias sin goce de haber. Los trabajadores podrán solicitar hasta tres años de licencia en un periodo de cinco años, los cuales pueden ser continuos o interrumpidos. Esta modificación se adapta a diversas situaciones personales o profesionales de los trabajadores y se aplica en función de sus solicitudes individuales.

En cuanto a la compensación por tiempo de servicios, se ha establecido un cálculo estándar que corresponde al 100% de la remuneración mensual por cada año completo laborado o fracción mayor a seis meses. Esta fórmula tiene por finalidad consolidar un método único para el pago de la CTS en el sector público.

Desde cuándo rige la nueva normativa laboral y a quiénes afecta en el sector público

Las disposiciones de la Ley N.º 32199 comenzaron a regir desde enero de 2025. A partir de esta fecha, todas las entidades públicas están obligadas a aplicar el nuevo marco normativo, incluyendo el límite de edad para el cese y los nuevos parámetros en materia de licencias y CTS. La norma tiene efecto directo sobre los trabajadores con contratos bajo el Decreto Legislativo N.º 276, quedando excluidos otros regímenes como el 728, 1057 y los contemplados en leyes especiales.

Por otra parte, también se ha establecido, mediante el Decreto Supremo N.º 010-2025-EF, la entrega de un bono excepcional de S/200 para servidores públicos. Este pago alcanza a trabajadores de distintos regímenes laborales del Estado, incluyendo los de los gobiernos nacional, regional y local, siempre que cumplan con las condiciones previstas.

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