Osiptel: Usuarios no están obligados a contratar internet fijo en dúos o tríos
Osiptel recuerda una serie de recomendaciones a los usuarios al momento de contratar un servicio de telecomunicaciones.
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La directora de Atención y Protección del Usuario del Osiptel, Tatiana Piccini Antón, recordó que todos los usuarios pueden contratar libremente el servicio de internet fijo a su empresa operadora, sea de manera individual o empaquetada.
“Los usuarios no están obligados a contratar servicios empaquetados, como dúos o tríos. Si su elección es contratar un solo servicio, la empresa debe aceptarla”, aseguró la representante del ente regulador.
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Añadió que la empresa está facultada de realizar una evaluación crediticia en caso lo consideren pertinente. Como consejo a los usuarios, remarcó que antes de contratar el servicio de internet fijo, deben conocer la tarifa del servicio (cuánto pagarán), el plazo y el costo de instalación.
El servicio de Internet fijo inalámbrico no requiere instalación. Si la empresa no cumple con la activación del servicio, pese a que el abonado cumplió con sus obligaciones asumidas en el contrato, este último tiene derecho a presentar un reclamo ante la empresa.
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Osiptel: recomendaciones antes de contratar servicio de internet
Los usuarios también deben considerar el costo del equipo (módem o router, repetidor, u otros) y si la facturación se dará por el servicio consumido o con pago adelantado.
Además, se debe consultar las facilidades técnicas (si llega el cableado módem o fibra óptica a la ubicación exacta del usuario), la cobertura del servicio en la zona geográfica donde se usará, así como la tecnología y la velocidad de bajada (rapidez con la que se reciben datos desde internet) y subida (rapidez con la que se puede enviar información a internet desde un dispositivo).
Otro punto a tener en cuenta son las características de la promoción y los beneficios ofrecidos. “Los usuarios deben asegurarse de que la promoción u oferta se encuentre vigente en la página web de la empresa operadora”, aconsejó la funcionaria.
Finalmente, hay que informase sobre el plazo del contrato que puede ser: un plazo forzoso (máximo seis meses y el contrato es solo por escrito) o plazo indeterminado.
























