Economía

Todo lo que se debe saber sobre la devolución del Fonavi

Alcance. Alrededor de 1,2 millones de fonavistas empezarían a cobrar desde el 14 de diciembre a través del Banco de la Nación. Se priorizará a las personas con discapacidad y enfermedades graves.

Deuda social. Después de décadas, el Gobierno cumplirá con devolver las aportaciones hechas por los fonavistas entre enero de 1980 y agosto de 1998. Foto: difusión
Deuda social. Después de décadas, el Gobierno cumplirá con devolver las aportaciones hechas por los fonavistas entre enero de 1980 y agosto de 1998. Foto: difusión

El pasado 11 de noviembre, el Gobierno promulgó la Ley 31928, que introduce modificaciones a la Ley 29625, encargada de la devolución de fondos del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo, para permitir la devolución parcial con cargo a posterior cancelación y reconocer el derecho de devolución a herederos en caso de fallecimiento. El plazo para reglamentar la norma es de 30 días útiles. Aquí algunos puntos claves sobre cómo será este proceso que, a más tardar, se iniciaría el próximo mes, antes de la Navidad.

¿A quiénes se les devolverá?

De acuerdo con Luis Luzuriaga, presidente de la Comisión Ad Hoc encargada de la devolución del Fonavi, se devolverá los fondos a todos aquellos trabajadores que hayan aportado entre enero de 1980 y agosto de 1998. Y que, además, hayan sido acreditados a través de la ONP, la AFP o los empleadores. “Hasta el momento hay 1,2 millones de fovanistas acreditados”, detalla.

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¿A quién se priorizará?

La ley 31928 señala que se bebe atender de forma prioritaria a las personas mayores de 60 años, a las registradas en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y a las que tienen alguna enfermedad grave o terminal, sean los titulares o deudos.

De acuerdo con Luzuriaga, en lo que corresponde a las enfermedades graves, los exaportantes deberán validar esta condición mediante un certificado expedido por el Minsa, Essalud o el Colegio Médico del Perú. Aún no se precisa si estos documentos serán presentados en el Banco de la Nación o en la Secretaría Técnica del Fonavi.

¿Los deudos cobran?

En caso de que el fonavista haya fallecido, la devolución se realizará a sus deudos, siendo el primero en el orden de prelación; el cónyuge sobreviviente o integrante de la unión de hecho, hijos menores e hijos con discapacidad total permanente acreditada por el Conadis. Siguen los hijos menores de edad, los padres y los hermanos.

Según la norma, cuando el monto a devolver supere las 4 UIT por cada ocasión de cobro, de ser el caso, el deudo del fonavista titular fallecido debe acreditar el vínculo a través de sucesión intestada o testamento debidamente inscrito en Registros Públicos.

¿Cuándo se devolverá?

El presidente de la Comisión Ad Hoc señala que la devolución de aportes se iniciaría el próximo 14 de diciembre.

Esta fecha también fue ratificada por el ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras, quien comentó que desde su despacho están apostando para que los fonavistas puedan cobrar antes de Navidad.

"La idea es que se pueda antes de Navidad porque hay padrones avanzados, el reglamento está avanzado, 30 días me parece mucho tiempo, una o dos semanas sería lo prudente (para promulgar el reglamento). Esa es la indicación que voy a dar a los integrantes del MEF que están en la comisión, que los pagos puedan llegar a Navidad", dijo.

¿Cuánto se depositará?

De acuerdo con Luzuriaga, como no todos los exaportantes dieron la misma cantidad de dinero ni por el mismo periodo, se tiene que elaborar una fórmula para determinar el monto de la devolución. Esta tendrá en consideración los periodos y porcentaje de la aportación que van desde el 0,5% hasta el 9%.

Lo ideal sería que todos reciban S/2.000, pero hay que destacar que la devolución depende de las aportaciones. Se va a buscar que todos los fonavistas reciban lo más que se pueda para poder satisfacer sus necesidades", subrayó.

La norma especifica que si el monto total calculado a ser devuelto resulta menor que el reconocido, se adopta la solución más beneficiosa para el fonavista, no exigiéndosele la devolución de la diferencia.

¿Dónde se pagará?

La devolución de aportes del Fovavi se realizará en las agencias del Banco de la Nación (BN) a nivel nacional. La entidad informó recientemente que se encuentra trabajando en conjunto con la Secretaría Técnica del Fonavi en las acciones necesarias para concretar las devoluciones.

Aún no se sabe si los pagos se llevarán a cabo según algún criterio específico, como la terminación del DNI o el orden alfabético de los apellidos.

No obstante, Luis Luzuriaga indica que todos los fonavistas deberán contar con su certificado de aportaciones para realizar el cobro y encontrarse en el padrón de devolución de aportes.

Los usuarios pueden verificar si se encuentran registrados en dicho documento en este sitio web: https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic1/.

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