Economía

Fonavi 2023: ¿qué falta para que se de la devolución de aportes a fonavistas?

Avances y retrocesos de las leyes que exigen la devolución de aportes del Fonavi. ¿Qué falta ahora para que los fonavistas reciban al menos un adelanto de sus aportaciones?


De promulgarse ley, mayores de 65 años recibirían con prioridad un adelanto de la devolución de aportes. Foto: composición LR/Andina
De promulgarse ley, mayores de 65 años recibirían con prioridad un adelanto de la devolución de aportes. Foto: composición LR/Andina

Han pasado más de dos años desde que se aprobó la Ley n° 31173, norma que garantiza el cumplimiento de la Ley de devolución de dinero del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) a los trabajadores que contribuyeron al extinto fondo. Sin embargo, a la fecha, aún no se ejecuta pago alguno a los cerca de 2 millones de fonavistas, que en su mayoría son adultos mayores. ¿A qué se deben las demoras y por qué no se ha iniciado hasta ahora la devolución de los aportes? Te lo contamos en esta cronología.

En los últimos años, en torno a este tema han surgido idas y vueltas; esperanzadores avances y angustiantes retrocesos en desmedro de los fonavistas. En abril del 2021, en medio de la pandemia, se aprobó la ley 31173 que dispuso la devolución efectiva e inmediata de las aportaciones que realizaron los trabajadores, priorizando a la población vulnerable como consecuencia de la COVID-19.

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Sin embargo, el Ejecutivo observó algunos puntos, los cuales impedían la ejecución de la norma e incluso un mes después, en mayo 2021, el Gobierno presentó una demanda ante el Tribunal Constitucional contra esta ley.

Un año después, en abril del 2022, el Congreso corrigió las observaciones y aprobó la ley 31454 para garantizar los pagos. No obstante, hubo más trabas. En aquel momento, no se permitía la instalación de la Comisión Ad Hoc encargada de ejecutar la devolución de aportes, y conformada por representantes del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (FENAF-Perú).

El MEF alegaba que no se podía acreditar a los representantes de los fonavistas ya que había un error en el nombre de la asociación. En atención a esta observación, se hicieron las correcciones ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp), y de manera paralela, desde el Congreso, publicaron la ley n° 31604 para modificar ese punto y continuar así con dar luz verde al proceso de pagos.

Fallo del TC: devolución solo de aportes, pero no de empleadores

No obstante, una vez instalada la Comisión Ad Hoc, el entonces ministro de Economía, Kurt Burneo, manifestó que no se empezará con la devolución hasta que salga el fallo del Tribunal Constitucional sobre la ley 31173, de manera que el proceso quedó estancado unos meses más.

En marzo de este 2023, el colegiado resolvió la solicitud y dispuso que se devuelva solo los aportes efectuados por los trabajadores, mas no de los empleadores, un duro golpe que reducía la deuda del Estado de S/42.000 millones a solo S/6.000 millones (más del 90%).

Cuando ya se pensaba que con este veredicto el MEF iba a iniciar con la devolución de aportes, este ministerio observó otro punto regulatorio que impidió una vez más el inicio de los pagos. ¿Qué argumentó? Que la ley no permitía la emisión de certificados de reconocimiento de aportaciones y derechos (Cerad) parciales, sino por el monto total.

Fonavi: Congreso aprobó devolución parcial y queda en manos del Ejecutivo

Para corregir ese punto y atender el pedido postergado de los fonavistas, el último 21 de junio de este año, el Pleno del Congreso aprobó la autógrafa del proyecto de ley n°4702 que autoriza la devolución de pagos parciales, lo que no impide que posteriormente se acrediten montos mayores ante el permanente entrampamiento normativo.

La autógrafa, en manos del Poder Ejecutivo, plantea algunas correciones a la normativa vigente. El camino nuevamente está allanado. En caso el Ejecutivo observe esta ley, se dilataría una vez más el tiempo de devolución del dinero.

En poder de la Comisión Ad Hoc hay más de S/2.000 millones, los que servirán para el primer adelante de devolución de aportes a los jubilados. Además, están pendientes los S/50 millones que el Estado acordó transferir del presupuesto público para este año.

“Valoro el hecho de que haya un adelanto, una devolución, aunque sea parcial, ya es una satisfacción frente a una situación que era expectativa de todos los pensionistas”, indicó Luis Luzuriaga, presidente de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (Fenaf-Perú) en una anterior comunicación con La República.

Fonavi 2023: esto es lo que falta para la devolución parcial

  • La firma del Poder Ejecutivo: si el Ejecutivo observa esta ley, el Congreso puede aprobarlo por insistencia
  • Promulgación en el diario oficial El Peruano
  • Límite de 120 días para el cálculo del certificado de reconocimiento de periodos de aporte (Cerad)
  • Emitirse el Cerad para el pago parcial y saber cuánto quedaría a cuenta.

De acuerdo a la última sentencia del Tribunal Constitucional, la deuda del Estado solo está sujeta a las aportaciones de los trabajadores, cuyo monto asciende a S/6.800 millones (Según cálculos en 2021). Sin embargo, de actualizarse, el importe ascendería a S/7.000 millones.

 Firma de la presidenta Dina Boluarte concretaría el inicio de pagos como parte de la devolución de aportes del Fonavi. Foto: Andina

Firma de la presidenta Dina Boluarte concretaría el inicio de pagos como parte de la devolución de aportes del Fonavi. Foto: Andina

Devolución parcial a fonavistas 2023: ¿quiénes serían los primeros beneficiarios?

Según esta última norma, pendiente de promulgación, la comisión ad hoc deberá atender con prioridad a las personas mayores de 65 años, a los registrados en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y a los que tienen alguna enfermedad grave o terminal, sean los titulares o sucesores.

Otro de los cambios es que reconoce el derecho a devolución a los herederos de los trabajadores fallecidos. Si el monto a reembolsar supera los S/19.800 (4 UIT), se tomará en consideración las normas legales en temas de sucesiones, por lo que se requerirá tener el derecho inscrito en los registros públicos.

¿Qué es el Fonavi?

El Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), fue un programa que se creó entre 1979 y 1998 con el objetivo de promover la adquisición de viviendas para los trabajadores mediante la recaudación de aportes mensuales obligatorios por parte de los empleados y los empleadores.

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