Reactiva Perú: autorizan reprogramación de créditos a usuarios con préstamos menores a S/750.000
Empresas con financiamientos mayores a los S/750.000 también podrán reprogramar solo si tuvieron ventas impactadas en más del 30% durante el 2022 en relación con la prepandemia.
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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), mediante la resolución ministerial N.º 196-2023-EF/15, establece modificaciones en los requisitos para acceder a reprogramaciones del Programa de Garantía del Gobierno Nacional para la Continuidad en la Cadena de Pagos (Reactiva Perú).
De esta forma, se indican cambios del reglamento operativo en el artículo 21-A, los cuales amplían las características de las empresas deudoras beneficiarias de Reactiva y que cuentan con garantía vigente.
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Así se señala que podrán acceder a una reprogramación de créditos los usuarios que cuenten con préstamos menores a S/750.000. Para aquellos con préstamos iguales a este mismo monto o mayores hasta los S/10 millones, deben demostrar que tuvieron una caída en el nivel de sus ventas superior o del 30% en el cuarto trimestre del año 2022 en relación con el cuarto trimestre del año 2019.
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“Este requisito no se exige a los préstamos otorgados a las empresas del sector turismo, según la base de datos de COFIDE en su calidad de administrador de Reactiva Perú”, precisa la norma.

























