Economía

Ejecutivo plantea la depreciación acelerada para la inversión en construcción y vehículos eléctricos

Costo fiscal anual de las medidas ascenderían a S/ 1.127 millones. Proyecto forma parte del programa de reactivación Impulso Perú.

El Pleno del Congreso aprobó la ley que permite flexibilizar los requisitos para que los trabajadores de construcción civil accedan a una pensión justa. Foto: FTCCP
El Pleno del Congreso aprobó la ley que permite flexibilizar los requisitos para que los trabajadores de construcción civil accedan a una pensión justa. Foto: FTCCP

El Poder Ejecutivo presentó, este viernes 23 de septiembre, una de las propuestas de ley que deben pasar por el Congreso de la República y que forman parte del plan de reactivación Impulso Perú. La iniciativa presentada busca establecer, de manera excepcional y temporal, regímenes especiales de depreciación que los contribuyentes del régimen general del impuesto a la renta (IR) puedan depreciar aceleradamente determinados bienes, con la finalidad de promover la inversión privada y otorgar mayor liquidez en la actual coyuntura económica.

A detalle, se plantea la depreciación acelerada para edificaciones y otras construcciones, así como para los vehículos, con la finalidad de incentivar la inversión privada en infraestructura productiva y en autos con tecnologías más limpias.

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¿De qué tratan las propuestas?

En el caso del régimen especial de depreciación de edificios y construcciones, se plantea que en las inversiones que se realicen en el 2023 y 2024 se reduzca la misma de 20 a tres años.

De esta manera, “los edificios y las construcciones, se podrán depreciar, para efecto del IR, aplicando sobre su valor un porcentaje anual de depreciación con un máximo de 33,33% hasta su total depreciación, siempre que los bienes sean destinados exclusivamente al desarrollo empresarial y cumplan con ciertas condiciones”, según detalla la iniciativa del Gobierno.

Así, permite que los contribuyentes puedan aplicar sobre su valor un porcentaje anual de depreciación con un máximo de 33,33%, proporción mayor al límite máximo de depreciación de 20% para dichos activos previsto en el Decreto Legislativo n.° 1488.

En el caso del régimen especial de depreciación de vehículos eléctricos, se busca que en la inversión en autos de transporte terrestre que utilicen energía eléctrica, que se efectúe en los años 2023 y 2024, se reduzca el periodo de la misma de cinco a dos años.

Así, “se dispone que, a partir del ejercicio gravable 2023, los vehículos de transporte terrestre (excepto ferrocarriles) híbridos (con motor de émbolo y motor eléctrico) o eléctricos (con motor eléctrico), adquiridos en los ejercicios 2023 y 2024, afectados a la producción de rentas gravadas, se depreciarán aplicando sobre su valor el porcentaje anual de depreciación con un máximo de 50,0%, hasta su total depreciación”.

Se estima que el costo fiscal anual de las mayores tasas de depreciación máxima, tanto para las edificaciones y otras construcciones, como para los vehículos eléctricos, ascenderían potencialmente a S/ 1.112 millones y S/ 15 millones, respectivamente, a partir del 2024.

“Con la medida, se espera reimpulsar y dar soporte a la inversión privada en línea con el plan de reactivación de la economía nacional y las medidas de política económica para impulsar el crecimiento de la actividad económica de acuerdo al MMM 2023-2026″, detalla la exposición de motivos de la propuesta del Ejecutivo.

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