MTPE: prueba antígena para caso positivo de COVID-19 es válida para solicitar licencia con goce de haber
Empresas podrían ser sancionadas con hasta S/ 241.638, pues afecta los derechos en seguridad, salud y sociolaborales de los trabajadores del país.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informó que las empresas podrían ser sancionadas con hasta S/ 241.638 por incumplir la normativa del Ministerio de Salud (Minsa) que determina que la confirmación de un caso positivo para la COVID-19 se puede efectuar a través de una prueba molecular y también antígena.
Ante ello, el MTPE exhortó a las empresas privadas a respetar la normativa vigente sobre la validez de las pruebas que detecten la COVID-19.
“La Sunafil, sin perjuicio de las acciones de oficio que se viene programando, está atenta a las denuncias para fiscalizar el cumplimiento de la normativa en mención y en caso las empresas incumplan, podrían ser pasibles de inspección y sanciones hasta por 52.53 UIT, esto es, S/ 241.638″, precisó la entidad a través de un comunicado.
No aceptar la prueba antígena es una contravención a la directiva emitida por el Minsa, afectando los derechos en seguridad, salud y sociolaborales de los trabajadores del país.
Este pronunciamiento se da luego que varios ciudadanos denunciaran que algunos empleadores solo están dando validez a la prueba molecular positiva para efectos de la licencia con goce de haber.
La ciudadanía puede denunciar cualquier incumplimiento laboral por parte de una empresa privada, accediendo al siguiente link: https://aplicativosweb2.sunafil.gob.pe/si.denunciasVirtuales/inicio