SBS actualizó marco normativo de peritos valuadores que prestan servicio a las entidades supervisadas
Se incluyen nuevas obligaciones de los peritos valuadores, tal como denunciar los delitos, incumplimientos y falta contra las normas vigentes, así como cuidar y custodiar los bienes, valores, documentación e información que se les haya encomendado.
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Con la finalidad de actualizar el marco normativo aplicado a los peritos valuadores para hacer más eficiente el proceso de registro, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó el nuevo Reglamento del registro de peritos valuadores que prestan servicio a las empresas del sistema financiero y otros supervisados.
Esto se concretó mediante la Resolución N° 03225-2021 publicada hoy en el diario oficial El Peruano.
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Entre los principales aspectos del nuevo Reglamento, destaca la modificación de los requisitos establecidos para la inscripción en el Registro de Peritos Valuadores a cargo de la SBS (REPEV) y se efectúan precisiones en determinados procedimientos.
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También, se precisan las causales de suspensión, cancelación y rehabilitación de registro en el REPEV.
Se incluyen nuevas obligaciones de los peritos valuadores, tal como denunciar los delitos, incumplimientos y falta contra las normas o directivas vigentes sobre la materia de que tuvieran conocimiento con ocasión del ejercicio de su actividad; así como cuidar y custodiar los bienes, valores, documentación e información que, por razón del ejercicio de sus actividades, se les haya encomendado.
Finalmente, se incluye un formato estandarizado para informar la relación de valuaciones para la inscripción en el REPEV.





















