Economía

Reinicio de actividades: Venta anual de empresas de insumos agropecuarios deberá ser mayor a 107,5 mil soles

Para las que se dediquen a sustancias químicas básicas y de abono o a servicios complementarios, tendrán que tener un valor de venta anual de más de 215 mil soles.

Reinicio de actividades: Venta anual de empresas de insumos agropecuarios deberá ser mayor a 107,5 mil soles
Reinicio de actividades: Venta anual de empresas de insumos agropecuarios deberá ser mayor a 107,5 mil soles

El Ministerio de la Producción (Produce) aprobó los criterios de focalización territorial en insumos para la actividad agropecuaria, así como para las sustancias químicas básicas y abono, y servicios complementarios a la agricultura.

Ello comprendido en el reinicio de actividades en la fase 1.

La aprobación de la reanudación de las mencionadas operaciones está a cargo del Viceministerio de Mype e Industria de Produce, resolviéndose en el plazo de 1 día, desde que se presenta la solicitud.

Las empresas del rubro también deben de tener en cuenta los lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo a exposición al coronavirus, para elaborar su plan plan para la vigilancia, prevención, y control de COVID-19.

Tras si registro en el Sistema Integrado de la COVID-19 (SICOVID-19), estas empresas podrán iniciar operaciones pasado un día.

¿Qué criterios establece?

De acuerdo a Produce, para el caso de insumos para la actividad agropecuaria, la empresa debe ser formal, inscrita en la Sunarp y tener licencia de funcionamiento; sus ventas anuales deben ser superior a 25 UIT (107 mil 500 soles) o mensualmente un promedio de 8 mil 958 soles; y contar con más de 3 trabajadores en planilla.

Para la mitigación de riesgo, se señala que debe reducir el número de actores en las regiones y los distritos –en el caso de Lima y Callao– con altos niveles de contagio. Y deberá informar cualquier sospecha o confirmación de un infectado por coronavirus.

Para las sustancias químicas básicas, abono y servicios complementarios a la agricultura, solo se eleva el requisito del monto de ventas anuales, por 50 UIT (215 mil soles) o un promedio mensual de 17 mil 916 soles.