Adultos mayores que deseen trabajar de forma presencial deberán declarar “responsabilidad voluntaria”

Según el MTPE, se priorizará su prestación de servicios bajo la modalidad de trabajo remoto mientras dure el estado de emergencia.

Adulto mayor.
Adulto mayor.

Los adultos mayores o personas en grupos de riesgo que deseen concurrir a trabajar o prestar servicios de forma física en las actividades autorizadas, podrán suscribir una declaración jurada de asunción de responsabilidad voluntaria, conforme a las disposiciones que emita el Ministerio de Trabajo, en coordinación con el Minsa.

En el caso de las personas en grupos de riesgo que laboran, se priorizará su prestación de servicios bajo la modalidad de trabajo remoto.

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“En ningún caso, se puede ejercer algún tipo de coacción para la firma de este documento, lo que incluye, pero no limita, supeditar la firma respectiva a que se mantenga el vínculo laboral o la prestación de servicios”, señala la norma.

Se entiende por personas de riesgo las que presentan características asociadas a mayor riesgo de complicaciones por la COVID-19 como las personas mayores de 65 años y quienes cuenten con comorbilidades como hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, enfermedad pulmonar crónica, cáncer, otros estados de inmunosupresión y otras que establezca el Minsa.

Desprotección

El Ministerio de Trabajo, mediante el Decreto Legislativo 1474, dispuso mecanismos y acciones para la prevención, atención y protección de la persona adulta mayor durante el Estado de Emergencia por la COVID-19.

En el artículo 10 (Medidas en materia laboral y de seguridad social) de la norma se señala que las empresas en el sector público podrán aplicar el trabajo remoto, aunque si este no es compatible, corresponde otorgar una licencia remunerada con cargo a compensación al culminar la emergencia sanitaria.

Sin embargo, para los trabajadores adultos mayores del sector privado, las empresas podrán aplicar el trabajo remoto, y si no se puede dar este, pues la suspensión perfecta, es decir, una licencia sin goce de haber. Por ende, los empleados no recibirán un sueldo.

En su momento, el exviceministro de Empleo, Fernando Cuadros, criticó lo dispuesto señalando que beneficiaban al sector público, pero que eran totalmente pésimas para el sector privado.

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