Advierten que norma tributaria actual vulnera la seguridad jurídica
“Debería acentuar el control y la fiscalización al evasor, al defraudador aduanero, al contrabandista y al informal que compite al margen de la ley”, señaló la CCL.
El presidente del Instituto Latinoamericano de Derecho Tributario, César García Novoa, señaló que la norma tributaria vulnera la seguridad jurídica, ‘una parte esencial de la equidad’.
El experto durante su participación en el foro “Equidad tributaria para el desarrollo económico del Perú”, organizado por la Cámara de Comercio de Lima (CCL), sostuvo que en razón de ello es importante que se haya recuperado el debate sobre la técnica legislativa y la calidad de una norma.
“Una norma incomprensible más allá de un puro defecto de técnica legislativa incluye un problema de inseguridad y por tanto, puede ser inconstitucional porque vulnera el principio de seguridad jurídica”, explicó García Novoa.
Señaló que es sustancial imponer en las normas estándares de calidad a fin de asegurarse que sean previsibles, ya que generan certeza al contribuyente.
“La seguridad jurídica es una parte esencial de la equidad en la tributación que no solo respeta la capacidad económica, sino también los parámetros de esta seguridad”, apuntó García Novoa.
Por su parte, la presidenta de la CCL, Yolanda Torriani, manifestó que la aplicación y cobro de los tributos debe cumplir con los cinco principios básicos de la tributación: la reserva de ley, la igualdad, la certeza, la conveniencia y la economía.
Agregó que la Administración Tributaria debería acentuar el control y la fiscalización al evasor, al defraudador aduanero, al contrabandista y al informal que compite al margen de la ley. “No hay más inequitativo que dicha competencia desleal”, remarcó.
A su turno, Guillermo Grellaud, socio del estudio Grellaud & Luque Abogados, refirió que en el Perú los pagos de impuestos pueden volverse confiscatorios porque pasan de 32% anual a un 60%, 70% o hasta 80%.
"Los tributos pendientes de pago se generan por deudas determinadas por la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat), cuyo proceso de determinación no ha sido aceptada por el contribuyente. Este reclamo lo enfrenta a una posibilidad de un 50% de multa o un interés de 40% anual”, subrayó.
Por último, Luis Hernández Berengel, socio del Estudio Hernández & Cía. Abogados, señaló que no hay Estado de derecho si no hay seguridad jurídica, aun cuando el sistema peruano no haya recogido expresamente este principio.
No obstante, dijo que el TC reconoce el principio de seguridad jurídica pero a la vez es atacada frecuentemente a través de la propia legislación -por ejemplo- cuando se pretende aplicar retroactivamente una norma en su redacción.