Renta Joven: La próxima semana se lanza convocatoria para postulantes

Así lo sostuvo el ministro de Vivienda, Miguel Estrada.

El Bono de Arrendamiento de Viviendas busca fomentar el ahorro en las parejas jóvenes de bajos recursos. Foto: Difusión
El Bono de Arrendamiento de Viviendas busca fomentar el ahorro en las parejas jóvenes de bajos recursos. Foto: Difusión

Por: Jair Sarmiento

El bono de arrendamiento, también conocido como Renta Joven, comenzará su convocatoria la próxima semana, así lo anunció el ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), Miguel Estrada.

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Al respecto, el MVCS publicó un decreto supremo que modifica algunos artículos del Reglamento de la Ley que crea el Bono de Arrendamiento para Vivienda (BAV).

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Entre los ajustes más destacables, está que los postulantes que resulten elegibles para recibir el bono podrán presentar una declaración jurada suscrita por el arrendador y el arrendatario donde se indique que la vivienda en arrendamiento cumple con las características mínimas establecidas.

Es decir, que el inmueble a alquilar deberá contar como mínimo, con instalaciones de servicios básicos de agua, desague y electricidad, con un ambiente multioso, una zona para dormitorio y un baño con puerta, con lavatorio, ducha e inodoro; así como contar con la conformidad de obra y declaratoria de edificación.

Otra modificación es que el Notario o Juez de Paz Letrado, ante quienes suscriben el Formulario Único de Arrendamiento, los contratos tendrán acceso al Registro Administrativo de Arrendamiento para Vivienda , siendo ellos quienes se encargarán de registrar directamente los contratos de dicho registro a cargo del Fondo Mi Vivienda (FMV).

También se determinó que la parte de la renta que corresponde desembolsar al beneficiario, no pueden ser depositados en cuotas, debiendo realizarse los abonos mensuales en un solo pago.

Asimismo, se ha establecido que el FMV, una vez que la renta este completa en la cuenta, instruye a la entidad financiera para que se proceda al pago del arrendador, ello se hará con una orden de pago.

Se ha precisado que, si los beneficiarios incurren en cualquiera de las causales establecidas de pérdida del Bono, los ahorros acumulados revierten a favor del Estado y que el retraso de una mensualidad, puede regularize a fin de que los beneficiarios no pierdan el beneficio.

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