Byron Castillo: ¿Cuáles son los argumentos de Chile que desmienten la prueba que presentó Ecuador?
Eduardo Carlezzo, abogado que defiende a Chile, explicó por qué la supuesta prueba que tiene Ecuador no sería suficiente para confirmar la nacionalidad del futbolista.
El caso de Byron Castillo sigue siendo materia de investigación para la dirigencia chilena. Esta vez, el abogado de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP), Eduardo Carlezzo, puso en duda la supuesta prueba que tiene Ecuador respecto a la nacionalidad del defensor del Barcelona SC.
De acuerdo con la versión de la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF), la justicia del país norteño zanjó este tema en el 2018 con una sentencia de la Corte Provincial de Justicia del Guayas en la que se confirmaría que Castillo es ecuatoriano.
Esta resolución se emitió tras un habeas data iniciado por el lateral derecho en contra la Dirección General del Registro Civil del Ecuador. El jugador de 23 años presentó esta medida judicial después de que dicha entidad colocó como “cédula inválida por contravención” en su registro, debido a algunas irregularidades encontradas en la documentación que presentó.
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¿Cuáles son los argumentos de la defensa chilena en contra de la nacionalidad de Byron Castillo?
Eduardo Carlezzo, abogado de la ANFP, argumenta que dicha sentencia solo le brinda una identidad a Byron Castillo para respetar su derecho constitucional, pero no aclara el problema de fondo acerca de dónde nació.
“De ninguna manera rechazamos el contenido de la sentencia. Por el contrario, la reconocemos en respeto a las autoridades judiciales de Ecuador. Sin embargo, lo que queremos hacer presente de forma muy clara es que lo que alega la FEF no está declarado en la sentencia”, indicó para el diario La Tercera.
“Conforme explicamos, el alcance del habeas data es limitado por la Constitución y leyes de Ecuador, y no existió una apreciación legal acerca de las pruebas relacionadas al fraude en el certificado de nacimiento, pues la propia sentencia dijo que esto debería ocurrir en procedimiento legal oportuno, cuya competencia sería de la justicia penal, ya que la falsificación de documento público está calificada como crimen”, explicó.