En el marco de las Elecciones Generales 2026, en redes sociales comenzó a circular una publicación en la que se asegura que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) excluyó a Vladimir Cerrón, líder de Perú Libre, del debate presidencial que se realizará tanto el 23, 24 y 25 de marzo como el 30, 31 y 1 de abril.
Sin embargo, esta afirmación es falsa, ya que el JNE no ha emitido ninguna resolución oficial que haya apartado a Cerrón del debate, ni lo ha retirado como candidato. Lo que sí existe es una regla en el formato que exige la participación presencial y que no contempla la modalidad virtual. Por tanto, no se trata de una exclusión legal del partido o candidato, sino de una condición logística aplicable a todos por igual.
Una resolución publicada el 30 de enero, la 000022-2026-P/JNE, establece que el Jurado Nacional de Elecciones, en su calidad de organismo constitucional autónomo, ejerce funciones jurisdiccionales, fiscalizadoras, normativas, administrativo-electorales, registrales y educativas. “Esta última se vincula directamente con la organización y promoción de los debates electorales”, indica el documento.
Asimismo, el artículo 177 de la Constitución Política del Perú reconoce y protege expresamente la autonomía del JNE, lo que implica que este organismo no depende jerárquicamente de ninguno de los poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo o Judicial) para ejercer sus funciones. Es decir, actúa con independencia en la organización, fiscalización y administración de justicia en materia electoral, sin recibir órdenes ni instrucciones políticas que puedan interferir en sus decisiones.
Publicación sobre Perú Libre compartida en redes sociales. | Foto: Facebook
Diferentes medios periodísticos como Canal N o Panamericana Televisión informaron que el 14 de febrero, tras una reunión entre el JNE y los voceros de las organizaciones políticas, se acordó que todos los candidatos a la presidencia deben asistir al debate de manera presencial en las seis fechas previstas.
Perú Libre planteó que su candidato a la primera vicepresidencia, Flavio Cruz, sustituya a Vladimir Cerrón en el evento. Sin embargo, esta propuesta fue rechazada, al igual que la alternativa de una participación virtual. La decisión fue comunicada como una condición logística del debate y no como una “exclusión” atribuible al JNE.
Actualmente, Cerrón afronta un proceso judicial por el delito de lavado de activos, en el marco de una investigación por presuntos aportes ilícitos en su agrupación política. Debido a ello, se dictó una orden de prisión preventiva por 24 meses en su contra y, para facilitar su ubicación, el Ministerio del Interior ofrece una recompensa de medio millón de soles.
En ese contexto, si el izquierdista se presentara públicamente, las autoridades tendrían la obligación de ejecutar la orden judicial vigente, de acuerdo al Artículo 4 de la ley orgánica del Poder Judicial. Aunque el candidato viene desarrollando su campaña desde la clandestinidad a través de redes sociales, esa circunstancia no lo exime de cumplir con el formato presencial establecido por el jurado electoral.
El líder de Perú Libre calificó la decisión del JNE como un “precedente nefasto” para la llamada “democracia digital”, al sostener que la ciudadanía tiene derecho a escuchar las propuestas. El partido evalúa posibles acciones legales, aunque hasta el momento no se han presentado demandas formales que cuestionen la constitucionalidad de la decisión.
No es cierto que el JNE haya excluido a Vladimir Cerrón del debate presidencial, tal como lo aseguró una publicación en Facebook, ya que no existe resolución oficial que haya apartado al líder de Perú Libre de dicho evento. La exigencia de una participación presencial, que se estableció tras una reunión entre el JNE y los voceros de los partidos políticos, forma parte de una condición logística general, aplicada por igual a todos los postulantes. La imposibilidad de Cerrón de asistir físicamente al debate derivaría de su situación judicial vigente y no de una decisión arbitraria del jurado.
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