
Los conductores que cometan infracciones de tránsito podrán descontar puntos de su récord mediante cursos de seguridad vial, mientras que quienes mantengan un historial limpio durante 2 años recibirán incentivos. Estos cambios forman parte de la nueva Ley N.° 32616, que modifica el Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos con el objetivo de fortalecer la seguridad vial mediante medidas de prevención, reeducación y sanción.
La norma mantiene el límite máximo de 100 puntos acumulables por infracciones, pero introduce mecanismos orientados a promover cambios de conducta entre los conductores y redefine las consecuencias para quienes alcancen ese umbral.
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Uno de los principales cambios establece que los conductores podrán aprobar cursos de seguridad vial para descontar puntos antes de alcanzar el límite máximo permitido. El reglamento determinará la cantidad de puntos que podrán reducirse mediante este mecanismo.
Además, la ley incorpora beneficios para quienes no registren infracciones durante un período de 2 años. En estos casos, recibirán incentivos de puntuación que serán definidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) en el reglamento correspondiente.
La ley conserva el tope de 100 puntos, pero establece una escala específica para la suspensión y cancelación de licencias de conducir. Quienes acumulen ese puntaje por primera vez recibirán una suspensión automática de seis meses. Si reinciden, la sanción se ampliará a un año.
En una tercera oportunidad, la licencia será cancelada y el conductor quedará inhabilitado para conducir vehículos en todo el territorio nacional.
La norma también dispone la cancelación directa del brevete cuando una infracción de tránsito constituya un delito penal.
Asimismo, los puntos asignados por una infracción perderán vigencia 2 años después de que la sanción quede firme en la vía administrativa.
Otro de los cambios permite que los conductores suspendidos por primera vez tras acumular 100 puntos reduzcan el período de suspensión de seis meses a un mes. Para ello, deberán aprobar un examen psicológico, una evaluación de conocimientos sobre tránsito y seguridad vial, una prueba práctica de manejo y acreditar el pago de las sanciones que originaron la acumulación del puntaje.
La Ley N.° 32616 encarga al MTC adecuar el Reglamento Nacional de Tránsito y el Reglamento del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos en un plazo de 90 días hábiles.
La norma también dispone la implementación gradual de sistemas inteligentes de gestión del tránsito para mejorar la detección de infracciones y prevenir accidentes, así como la creación de un Registro de Capacitadores y Evaluadores en Tránsito y Seguridad Vial.
Además, establece evaluaciones permanentes de seguridad en la infraestructura vial y mecanismos de seguimiento a las acciones de control y fiscalización que ejecutan las autoridades competentes en todo el país.





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