
En un mensaje a la Nación emitido la noche del martes 21 de octubre, el presidente interino José Jerí anunció la declaratoria de estado de emergencia en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao. La medida, que entra en vigencia desde las 00:00 horas del miércoles 22, tendrá una duración inicial de 30 días. Aunque el anuncio presidencial no brindó detalles específicos, el decreto supremo publicado en El Peruano aclaró los alcances y distritos involucrados.
La decisión se toma en un contexto de creciente violencia y criminalidad en zonas urbanas de la capital, donde el accionar de bandas organizadas ha generado preocupación ciudadana y presión de las autoridades locales. En respuesta, el Ejecutivo aprobó un conjunto de acciones orientadas al control territorial, intervenciones policiales focalizadas y restricciones a la circulación a través del Decreto Supremo Nº 124-2025-PCM.
El estado de emergencia se aplica a los distritos de toda Lima Metropolitana y Callao. En este sentido, el decreto supremo también precisa que la intervención será focalizada en distritos identificados como zonas críticas por su alta incidencia delictiva, áreas prioritarias para las intervenciones de la Policía Nacional del Perú (PNP). “La Policía Nacional del Perú determina las zonas de intervención, esencialmente sobre la base de inteligencia, indicadores, estadísticas, mapas del delito, entre otros instrumentos”, detalla el documento.
Con la vigencia del estado de emergencia, se suspenden derechos constitucionales relacionados con la libertad de tránsito, reunión, inviolabilidad de domicilio y libertad personal. Esto permite a la Policía y a las Fuerzas Armadas realizar operaciones sin necesidad de una orden judicial previa, como el ingreso a viviendas (descerraje), control de identidad y patrullajes intensivos.
Además, se han establecido restricciones específicas, entre ellas:
También se plantea una vigilancia reforzada en estaciones del metro, instituciones públicas y puntos estratégicos de cada distrito intervenido.
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El Decreto Supremo Nº 124-2025-PCM declara en sesión permanente al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), a los comités regionales y distritales de seguridad, así como al Consejo Nacional de Política Criminal. Estos organismos coordinarán la ejecución y supervisión de las acciones. Adicionalmente, se han creado comandos de campaña temporales para la instalación de puestos de control y centros operativos móviles.
Los ciudadanos que residan o transiten por los distritos de la capital deberán portar siempre su DNI u otro documento oficial de identidad. Asimismo, se recomienda evitar la circulación innecesaria en horarios nocturnos, especialmente en zonas señaladas como vulnerables. En caso de eventos públicos masivos (religiosos, culturales o deportivos), será obligatorio contar con autorización previa de las autoridades competentes.
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