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Sociedad

MTC lanza nuevo reglamento para mototaxistas con permisos de hasta 10 años y sin evaluación de salud mental

Los mototaxistas deberán de cumplir con ciertas medidas para operar, como portar chalecos distintivos y calcomanías holográficas, entre otras disposiciones.

MTC lanza nuevo reglamento para mototaxistas con permisos de hasta 10 años y sin evaluación de salud mental
Los mototaxistas deberán permitir y facilitar la labor de fiscalización que realice la autoridad competente, señala el MTC. | Jorge Cerdan Campo LR Andina | Foto: composición LR

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicó el nuevo reglamento para mototaxis en el Perú. La cartera ministerial determinó, por medio de un decreto, que la obtención de la licencia de conducir para este medio de transporte ya no requerirá evaluación de salud mental hasta diciembre de 2027. Asimismo, estableció que los conductores de mototaxis deberán portar chalecos distintivos y calcomanías holográficas. También, informó que se pondrá en marcha un Registro Nacional de Conductores de Mototaxis.

Nuevo reglamento para mototaxistas en el Perú, informa MTC

El MTC establece que, en un plazo no mayor de treinta días, se actualizará el Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito (Sinarett), en el marco de la creación del Registro Nacional de Transportadores del Servicio de Mototaxi, que se basa en almacenar datos acerca de las empresas operadoras, tales como la razón social, datos del representante legal, número de contribuyente y la lista de mototaxistas afiliados.

Asimismo, dispone que en un plazo no mayor de sesenta días, el Sistema Nacional de Conductores deberá ser cambiado para la aplicación de las disposiciones que se determinan en la norma, respecto a los nuevos trámites de la licencia de conducir clase B categoría II-C. Este permiso está destinado a transporte público de personas en vehículos de la categoría L5.

"Cuando el formato de la licencia de conducir consigna “transporte público de personas”, la misma solo autoriza a conducir vehículos de la categoría L5 destinados a la prestación del servicio de transporte público de personas, en esta clase y categoría", se lee en el decreto supremo.

Además, se brindará formación a las personas que deseen obtener la licencia en temas relacionados con educación y seguridad vial, ya no vinculados con mecánica automotriz básica. También, el MTC determina que la empresa transportadora deberá ser una persona jurídica de derecho privado que se encuentre inscrita en los Registros Públicos y con actividad en el transporte terrestre de personas.

En el decreto también se precisa que en el caso de dos distritos contiguos en donde se ofrece el servicio de mototaxi, se establece que un vehículo del Servicio de Mototaxi puede cruzar de un distrito de origen al distrito contiguo para transportar a los pasajeros.

Permisos a mototaxistas de hasta 10 años

La Municipalidad distrital otorgará el permiso de operación con una vigencia de hasta diez años y se limita al ámbito territorial del municipio emisor, así como, del distrito contiguo si existe un Régimen de Gestión Común.

"El procedimiento administrativo para el otorgamiento del Permiso de operación es de evaluación previa, sujeto a silencio administrativo positivo y con un plazo máximo de treinta días hábiles para su tramitación. Este proceso es de aprobación automática, siempre que se cumplan los requisitos que establece el presente Reglamento", señala.

Este permiso se concluirá si el transportador no presentó la solicitud de renovación dentro del plazo correspondiente, también si el conductor renuncia y presenta una solicitud bajo la forma de declaración jurada dirigida a la municipalidad distrital competente, con la razón social, número de Registro Único de Contribuyente, domicilio, el nombre, número de su DNI o carné de extranjería y el poder vigente para realizar estos actos.

Incluso, se podrá concluir la autorización si el mototaxista cuenta con una sanción administrativa firme o que haya agotado la vía administrativa, además si recae una sentencia judicial consentida o ejecutoriada, que establezca la cancelación del título. Por último, la existencia de un motivo que haga imposible la continuación de la vigencia del permiso.

Mototaxistas deberán llevar chalecos y calcomanías holográficas

El Decreto supremo precisa que las mototaxis deben contar con un certificado de inspección técnica, contar con SOAT o CAT, poder transportar hasta tres pasajeros sentados, ser del color autorizado por la municipalidad, exhibir la placa nacional en varias partes de la unidad, tener una calcomanía holográfica de seguridad y mostrar información a los pasajeros, tales como el nombre del conductor, placa y un correo para realizar denuncias.

Las compañías deben contar con las condiciones bajo las cuales consiguieron el permiso, cumplir con la normativa municipal y sectorial, además de garantizar que los conductores reciban capacitación de manera anual sobre la sensibilización y la educación vial.

"El MTC, mediante Resolución Distrital, dentro de los ciento ochenta días calendario contados a partir de la publicación del presente Reglamento, aprueba la 'Directiva del Curso de Formación de Instructores sobre Sensibilización y Educación Vial', la cual regula el contenido, duración y periodicidad y otros aspectos técnicos para su implementación y dictado", manifestó.

También, los conductores deberán contar con chalecos con el número de la placa cuando ofrezcan el servicio de movilidad, y manejar dentro de la jurisdicción autorizada, salvo en casos de Régimen de Gestión Común entre distritos colindantes.

Capacitación anual para los mototaxistas

El MTC señala que las capacitaciones sobre sensibilización y educación vial a los mototaxistas se darán de manera anual. También, se dictarán capacitaciones acerca de las normas y procedimientos que aprueben para la jurisdicción.

También indica que entre las obligaciones de los conductores, se precisa que deben de estacionar de manera ordenada en los paraderos, permitir y facilitar la labor de fiscalización que realice la autoridad competente, cumplir con los lineamientos sectoriales y restricciones establecidos en casos de desastres naturales, emergencia sanitaria, entre otros.

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