El Gobierno ha promulgado la Ley 32033, la cual promueve el acceso y uso de los medicamentos genéricos en Denominación Común Internacional (DCI) y busca garantizar la regulación de los productos farmacéuticos y dispositivos médicos en favor de los ciudadanos que adquieren dichos bienes.
En dicha norma se precisa que el químico-farmacéutico es "el responsable de la dispensación y de la información y orientación al usuario sobre la administración, uso y dosis del producto farmacéutico, su interacción con otros medicamentos, sus reacciones adversas y sus condiciones de conservación". Asimismo, esta ley explica si las consultas médicas y la aplicación de inyectables están permitidas en las boticas y farmacias. A continuación, se detallará al respecto.
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De acuerdo con la norma 32033, las consultas médicas están prohibidas. Respecto a la aplicación de inyectables, el Ministerio de Salud señaló que la norma no menciona que dicha práctica no es permitida en las farmacias y boticas.
"Las farmacias o boticas que deseen prestar servicios complementarios (aplicación de inyectables) deben contar con personal calificado y área específica para este fin, además de realizar el trámite respectivo ante las autoridades de salud", señaló la cartera de Salud en un comunicado.
Medicamentos genéricos. Foto: Andina
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Según la ley 32033, las siguientes actividades están prohibidas:
El titular del Ministerio de Salud, César Vásquez, indicó que esta norma permitirá que los medicamentos genéricos se ofrezcan en las farmacias a bajos precios. Asimismo, detalló que el Gobierno ha aprobado una lista de medicamentos que deben ser vendidos de manera obligatoria en estos establecimientos.
"30% del stock (de medicamentos) en todas las farmacias deben ser genéricos. Y para este cálculo se estableció una nueva lista priorizada, que ya no son 40 sino 434 (medicamentos genéricos). Diez veces más", declaró el funcionario ante la prensa.