La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) ha lanzado un ambicioso plan piloto en el Metropolitano para abordar el creciente problema del acoso sexual en el transporte público.
Este programa, que comenzó el 18 de abril de 2024 en el terminal Matellini en Chorrillos, al sur de Lima Metropolitana, busca mejorar la seguridad y bienestar de los usuarios, en particular de mujeres y grupos vulnerables.
El plan piloto se implementa en un contexto de crecientes denuncias de acoso sexual, lo que ha generado una preocupación significativa entre los usuarios y las autoridades. Como parte de la iniciativa, se ha establecido la presencia de agentes de incógnito, conformados por efectivos de la Policía Nacional del Perú (PNP) y ciudadanos especializados, quienes patrullarán dentro de los buses para intervenir rápidamente en cualquier incidente de este tipo.
La ATU ha delineado múltiples estrategias dentro de este plan piloto, las cuales incluyen:
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El acoso a mujeres en el Metropolitano, que se estaría gestando mediante redes sociales, es un problema particularmente visible en Lima, lo que ha llevado a estas concentraciones en las estaciones y autobuses.
Esta iniciativa es un paso crucial hacia la creación de un entorno más seguro para todos los usuarios del transporte público y marca un compromiso significativo por parte de las autoridades de Lima y Callao para combatir y prevenir el acoso sexual en uno de los principales sistemas de transporte de la ciudad.
De acuerdo con la especialista Estefanía Saldaña, el acoso sexual es un delito tipificado en el artículo 176 B del Código Penal que describe la conducta en la que “una persona, bajo cualquier medio, vigila, persigue, asedia o busca un acercamiento o contacto sin consentimiento de la víctima con la finalidad de llevar actos de connotación sexual”.
Asimismo, las normas establecen que las penas varían entre tres a cinco años de prisión y, si hay agravantes, pueden extenderse las sanciones con hasta ocho años de cárcel.
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“Las agravantes son: si existe relación de dependencia o subordinación, si se ha dado en el espacio laboral o educativo, o entre personas que han mantenido o mantienen una relación de pareja o familiar, si es contra una persona adulta mayor o estado de gestación y hacia menores de entre 14 y 18 años”, dijo Saldaña.
Respecto a lo que se refiere a hostigamiento sexual, suelen ser promesas de un trato beneficioso a cambio de una conducta sexual no deseada, uso de chistes o comentarios; también acercamientos o miradas lascivas que conlleven connotación sexual.
“O una amenaza expresa o indirecta para que la víctima desarrolle una conducta de índole sexual y un trato hostil frente al rechazo mostrado por la víctima”, finalizó Estefanía Saldaña.