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Sociedad

Promulgan ley de expulsión de extranjeros en 48 horas: ¿para quiénes aplica la medida y desde cuándo?

El Gobierno plantea la expulsión de ciudadanos extranjeros a través del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE).

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El 20 de noviembre se venció el Permiso Temporal de Permanencia (PTP) para los extranjeros. Foto: La República

El Gobierno de Dina Boluarte promulgó hoy, martes 14 de noviembre, el Decreto Legislativo N° 1582, el cual promueve el Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE), para la expulsión de personas extranjeras en 48 horas. Este se aplicará a quienes cometan infracciones por ingresar al país sin control migratorio, así como los que realizan actividades que pongan en riesgo o atenten contra el orden público, el orden interno, la seguridad nacional o la seguridad ciudadana.

En qué consiste el PASEE que se aplicará en extranjeros

El Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional desarrolla una audiencia virtual o presencial que no puede exceder las 24 horas contabilizadas desde la retención administrativa efectuada por la Policía Nacional del Perú contra el extranjero.

Constará de una fase instructora y una sancionadora. De esta manera inicia con la imputación de cargos que realiza Migraciones por un informe que entregará la PNP y culmina con la notificación de la resolución que emite a autoridad sancionadora de la entidad.

De comprobarse la comisión de la infracción, Migraciones emitirá la resolución de sanción que ordena la expulsión inmediata. En ningún caso Migraciones aplica sanciones a niñas, niños y adolescentes.

Las empresas de transporte internacional, que deben enviar toda la documentación a Migraciones antes de las 48 horas, tienen la obligación de cumplir con las disposiciones emitidas por Migraciones, relacionadas con el registro y control de su tripulación y de los pasajeros que transporta.

El 20 de noviembre se venció el Permiso Temporal de Permanencia  (PTP). Foto: La República.

Estas son las 9 causales que el Gobierno evaluará para expulsar a un extranjero del país

Son expulsados los extranjeros que estén incursos en los siguientes supuestos:

  • Realizar trámites migratorios mediante la presentación de documentación falsa o haber proporcionado datos o información falsa.
  • Por reincidencia en cualquiera de los supuestos de salida obligatoria previstos en el artículo 57 del presente Decreto Legislativo.
  • Por cumplir con la salida obligatoria impuesta conforme al presente Decreto Legislativo.
  • Por encontrarse en situación migratoria irregular por ingresar al país sin realizar el control migratorio de conformidad con la normativa vigente.
  • Por atentar contra el patrimonio cultural de la Nación.
  • Realizar actividades que pongan en riesgo o atenten contra el orden público, el orden interno, la seguridad nacional o la seguridad ciudadana.
  • Por mandato del Poder Judicial.
  • Al obtener la libertad luego de cumplir condena dispuesta por mandato judicial o cuando se otorgue un beneficio penitenciario, queda prohibido su reingreso al territorio nacional en todos los casos.
  • Por incumplir o contravenir las normas imperativas en materia de salud pública de acuerdo a lo que indique la entidad rectora en salud.

200.000 extranjeros tramitaron su permiso temporal

La República pudo constatar que 200.000 extranjeros iniciaron el trámite de su permiso temporal desde mayo de este año. De este número, más de 55.000 obtuvieron el carnet de PTP y cerca de 40.000 están listos para recogerlo. Sin embargo, miles de ciudadanos no lograron hacerlo.

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