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Sociedad

Alcalde de La Molina se niega a derribar el 'muro de la vergüenza' : "No tengo dinero"

El burgomaestre asegura que no tiene los recursos para tumbar la construcción que divide La Molina y Villa María del Triunfo.

El conocido muro de la vergüenza divide los distritos de La Molina y VMT. Foto: Avener Prado/Folhapress - Video: Canal N

A dos meses y medio de cumplirse los 180 días como plazo que dio el Tribunal Constitucional para tumbar el 'muro de la vergüenza', el alcalde de La Molina, Diego Uceda, asegura que apelará la decisión del Tribunal Constitucional para que la medida que dictó se cumpla, pero no con recursos de su distrito.

"No existe el muro de la vergüenza. Hemos iniciado conversaciones con abogados y hemos pedido una ampliación. Creo que esto se politizó. No tengo recursos para botar la pirca. No tengo dinero. Tengo 101 millones de soles de déficit. Tengo que hacer maravillas para mejorar mi distrito", señaló la autoridad edil.

Asimismo, negó la existencia de un 'muro de la vergüenza' en La Molina, indicando que se trata de un pirca usada para demarcar territorio. "El mal llamado muro de la vergüenza' no es la pirca que yo tengo. Ese muro esta en otro distrito. (...) La gente cree que La Molina es pituca pero no es así. Solo el 15% es de gente adinera, el 65% de clase media y el 20% restante se encuentran en la pobreza. Tenemos pocos recursos", detalló.

¿Por qué el TC ordenó derribar el 'muro de la vergüenza'?

El Tribunal Constitucional (expediente n.° 01606-2018-PHC/TC) indicó que la construcción del muro que divide La Molina de Villa María del Triunfo vulnera el derecho a la libertad de tránsito de las personas. También señaló que los 4.5 kilómetros que lo conforman imposibilita a los moradores de Villa María del Triunfo a acceder a vías aptas para el transporte público, a los parques públicos, o los servicios públicos o privados que se encuentran en el distrito de La Molina.

En ese sentido, exhortó a las demás municipalidades evitar construir o mantener muros o divisiones que “generen afectación de los derechos al libre tránsito, a la igualdad ante la ley y a la no discriminación”.

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