El Gobierno de Dina Boluarte ha decretado estado de emergencia a nivel nacional en el Perú por 30 días. Luego de siete jornadas de protestas seguidas, el Decreto Supremo 143-2022-PCM ha sido oficializado mediante El Peruano.
La decisión fue tomada en Consejo de Ministros. Previamente, el Poder Ejecutivo había establecido la misma medida en Arequipa, Ica y Apurímac por un plazo de 60 días, la cual quedó anulada para extenderse a todas las regiones con el último decreto.
El estado de emergencia está comprendido en el artículo 137 de la Constitución Política del Perú y se decreta por plazo determinado en todo el territorio nacional, o en parte de él, ante situaciones de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la nación y no debe exceder los 60 días.
En el estado de emergencia se suspenden los derechos constitucionales relativos a la libertad de tránsito en el territorio nacional, de reunión y seguridad personales, comprendidos en los incisos 11, 12 y 24, apartado f, del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
Asimismo, en este escenario, según indica la norma dispuesta por el Ejecutivo, las Fuerzas Armadas apoyan a la Policía Nacional en el control del orden interno.
Antes del decreto oficial del diario El Peruano sobre el estado de emergencia, el titular de Defensa, Alberto Otárola, adelantó lo siguiente:
“La Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas. Quiero recordar que la declaratoria del estado de emergencia a nivel nacional significa la suspensión de los derechos de reunión, de inviolabilidad de domicilio, la libertad de tránsito, la libertad de reunión y la libertad y seguridad personales”, expresó Otárola.
Las regiones en las cuales aplicará el toque de queda son Arequipa, La Libertad, Ica, Apurímac, Cusco, Puno, Huancavelica y Ayacucho. El horario de la medida varía de acuerdo a cada departamento.