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Sociedad

Jueces liberaron a acusado de narcotráfico, pero condenaron a 14 años a un inocente

Pocos días después de excarcelar a un colombiano denunciado por tráfico de drogas por falta de pruebas, magistrados sentenciaron al empleado bancario Miguel Villanueva, basados en el testimonio de un delincuente que luego se retractó.

larepublica.pe
La policía presento a Miguel Villanueva como el "Viejo", quien supuestamente estuvo en un vehículo, pero el agraviado no sabe conducir. Foto: composición La República

El lunes 6 de enero de 2020, los magistrados de la Cuarta Sala para Reos en Cárcel, Jorge Egoavil y Carlos Ventura, ordenaron la excarcelación del colombiano Augusto Álzate Perea, acusado por la Policía y la Fiscalía Antidrogas de pertenecer a una organización criminal que intentó exportar 354 kilos de cocaína.

Los jueces alegaron que no había pruebas. Sin embargo, pocas semanas antes, el 30 de diciembre de 2019, los miembros de este mismo tribunal no dudaron en condenar a 14 años de prisión al empleado bancario Miguel Villanueva Paz, a pesar de que el testigo que lo acusó se retractó formalmente de la imputación y pidió perdón por su falso testimonio.

Este viernes, la defensa de Miguel Villanueva sustentará ante la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema el recurso de nulidad que ha interpuesto contra la sentencia de los jueces Jorge Egoavil, Carlos Ventura y Carlos Escobar.

La polémica decisión de dejar en libertad a un acusado por narcotráfico y en pocos días condenar a un ciudadano sin evidencias y con una declaración fabricada expone el doble rasero de algunas autoridades judiciales, como en este caso.

La Oficina de Control de la Magistratura investigó al juez Carlos Ventura por conceder un habeas corpus a los hermanos Orlando, José, Alfredo y Silvia Sánchez Miranda, y dispuso el archivamiento del caso contra estos por lavado de activos, bajo el argumento de que se había excedido el plazo.

Por cierto, Carlos Ventura integró la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, cuando la presidió el “hermanito” César Hinostroza Pariachi.

Y respecto al magistrado Jorge Egoavil, afrontó una suspensión temporal de sus funciones por haber declarado prescrito el caso El Frontón, cuando se investigaba a los responsables de las ejecuciones extrajudiciales que se consumaron en el desaparecido penal.

La defensa de Miguel Villanueva demostrará ante la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema que los jueces que lo condenaron pasaron por alto evidencias de que no participó en el atraco que se le atribuye.

Por ejemplo, las pericias practicadas al teléfono celular de Miguel Villanueva que demuestran que nunca estuvo en comunicación con los ladrones del local de la agencia del Banco de Crédito del Perú en Breña.

Los magistrados concluyeron que supuestamente Villanueva alertó a la empleada del BCP de Breña, Shirley Díaz Huerta —que en el momento del atraco era su enamorada—, sobre el retiro de 550.000 soles de la bóveda, que serían introducidos en los cajeros automáticos; y que luego Díaz avisó a los ladrones para que ingresaran.

Pero las pericias revelaron que Shirley Díaz envió mensajes de texto a Miguel Villanueva comunicándole del robo y pidiéndole que de inmediato alertara del hecho a la Policía, lo que efectivamente hizo el empleado del BCP, quien llamó al sistema de seguridad del banco.

Peritaje de parte que demuestra que el día del robo Miguel Villanueva no estuvo en contacto con los ladrones. Su enamorada más bien lo llamó para darle aviso del robo y pedirle que se comunique con la PNP. Foto: difusión

Como ha informado este diario, los jueces atribuyeron a Miguel Villanueva haber tenido conocimiento del traslado del dinero de la bóveda a los cajeros, a pesar de que el propio BCP informó al tribunal que la función que cumplía el empleado no incluía acceso a dichos datos. Los magistrados no valoraron esta evidencia.

Además, según las declaraciones de los ladrones, el sujeto que organizó el atraco se apodaba “El Viejo” y los esperaba en un vehículo Chevrolet en las inmediaciones del banco.

La Policía presentó a Miguel Villanueva Paz como “El Viejo”, no obstante que sus características físicas no correspondían a las descritas por sus cómplices; pero lo más relevante es que Villanueva no cuenta con licencia para conducir ni tampoco sabe manejar automóviles.

Durante el proceso contra Miguel Villanueva, la defensa acreditó una serie de evidencias que demostraban que los jueces en lugar de hacer prevalecer la presunción de inocencia, validaron las incongruencias y falsas imputaciones de la acusación fiscal, y sentenciaron a 14 años de cárcel al empleado del BCP.