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Sociedad

Juzgado de Paita ordena la restitución de exalcalde Huber Vite

Como se recuerda, el JNE concluyó como válido el que se haya determinado la vacancia desde el Consejo Municipal contra la exautoridad. Procurador municipal señaló impugnará el dictamen.

Municipalidad sufrió danos materiales a consecuencia de sismo. Foto: Noticias Piura 3.0
Municipalidad sufrió danos materiales a consecuencia de sismo. Foto: Noticias Piura 3.0

El Juzgado Especializado Civil de Paita, en la región de Piura, declaró fundada la demanda interpuesta por el exacalde de la provincia, Huber Vite, contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y el Consejo Municipal de la comuna provincial de Paita. Vite había interpuesto una demanda de amparo a fin de que se declare la Nulidad de la Resolución N°0402-2021-JNE, de fecha 23 de marzo del 2021, que respaldaba la solicitud de vacancia en el cargo de regidor de la Municipalidad Provincial de Paita.

Al respecto, el juzgado ordenó que, en el plazo de cinco días, se le restituya al exfuncionario como alcalde de la provincia, así como se le entregue su credencial de regidor municipal.

“Se ordena a la parte demandada JNE para que en el plazo de cinco días de notificada con la presente sentencia, cumpla con disponer la restitución y vigencia de la credencial otorgada a don Huber Wilton Vite Castillo como alcalde de la Municipalidad Provincial de Paita, departamento de Piura”, señala el documento.

Apelarán

El procurador público de la municipalidad provincial, Edgar del Rosario, manifestó durante conferencia de prensa que consideran que decisión vulnera los derechos constitucionales y comete el presunto delito de prevaricato.

Añadió que la sentencia habría sido dictada por un juez que no ha formado parte del proceso y que habría asumido el puesto tras la salida de vacaciones de la magistrada a cargo del caso.

Quiere retornar a la alcaldía no con el argumento de que no ha incurrido en causal de vacancia, sino con un argumento netamente formal y que el JNE ya lo aclaró. Es inoficioso declarar la nulidad porque lo que resuelve el JNE es temas de fondo”, sostuvo Del Rosario. Culminó aseverando que la sentencia es materia de impugnación.

Caso

Como se recuerda, tras la muerte del exalcalde Alvarado Alayo, el reemplazante de acuerdo a ley era el primer regidor; sin embargo, el 13 de septiembre de 2019, el ciudadano Francisco Rumiche Ruiz presentó su solicitud de vacancia en contra de Huber Vite, por considerar que incurrió en la causa prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades.

Después de haber seguido el procedimiento respectivo (haberse resuelto en su momento en la Municipalidad Provincial determinando la vacancia), el JNE concluyó que el también regidor realizó actos administrativos sin estar autorizado para ello.

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