Por Bernabe Estrella
Primero eran llamadas comunidades indígenas; luego, comunidades campesinas. Estas agrupaciones milenarias han luchado durante toda su historia por el reconocimiento legal. El camino que han debido recorrer para alcanzar dicho objetivo se asemeja a una pendiente llena de espinas rociadas con sangre.
Así lo expresó Hugo Rojas Rivera, comunero de la Histórica Comunidad Campesina de San Antonio de Rancas, del distrito Simón Bolivar, en Pasco. El líder le concedió una entrevista a La República en la que revela cómo la ley que otorga el Derecho a la Consulta Previa para las comunidades indígenas es un arma de doble filo.
¿Puede resumirnos la historia de las comunidades campesinas?
Las comunidades campesinas se remontan a chumpiwilkas, chankas o collas. Al llegar los españoles, los llamaron indios y, por temas de carácter administrativo, más adelante los denominaron ‘reducciones de indios’. Dicho sea de paso, [ellos] mantenían su lengua y forma organizativa tradicional, con la diferencia que ya estaban obligados a pagar tributo.
Este hito importante se produce en el año 1570 con el Virrey Toledo, donde los indios tenían territorio delimitado con fronteras y practicas ancestrales. Otro cambio se produce en el período republicano, cuando Bolívar plantea la ciudadanía única en la que no hay diferencias, sobre todo de orden étnico; también elimina el tributo a los indios, que en ese entonces significaba un promedio del 75 % para el Estado.
A su salida, se reestablece hasta 1851, cuando el gobierno de Castilla, debido a la buena recaudación por el guano y el salitre, decide abolir ese tributo dando un mensaje a la nación: “Bueno, ya basta: ni esclavitud ni tributo indígena; acabemos con la continuidad colonial”. Estas palabras calaron hondo en la comunidad de Indios y obtuvo un reconocimiento profundo.
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Ya por 1870, se inicia un proceso de abuso sistemático por el estado y las autoridades locales, viéndose obligado a realizar trabajos gratuitos, cobro excesivo de impuestos, contribuciones personales, aportes voluntarios que no tenían nada de voluntarios. Muestra de ello, es el levantamiento de Juan Bustamante.
Concluida la Guerra del Pacifico, el Perú queda en ruinas y se da inicio al pacto entre los terratenientes de la sierra central y los agroexportadores de la costa. Precisamente allí, se inicia el proceso de despojo de sus tierras por los hacendados, que se ubicaban por las partes bajas de la sierra. Empiezan a subir por todo el ande peruano y, en este proceso, muchas comunidades fueron absorbidas íntegramente y, al no tener territorio, estas se vieron en la necesidad de vender su fuerza de trabajo en las casas haciendas y en las minas.
Por el contrario, para no ser absorbidas tenían que trabajar para el patrón hacendado o enviar los mejores productos de las cosechas. A inicio del siglo XX, Leguía reconoce legalmente en la Constitución de 1920 a las comunidades denominándolos indígenas y abre un registro de comunidades.
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¿Hasta allí una primera etapa de su lucha de supervivencia y reconocimiento?
A partir de este reconocimiento, se inicia una vía de “dialogo” con el Estado. Anterior a ello, la única vía era el conflicto que se mantuvo en relativa calma hasta los años 1950, década en que se inicia otro hito importantísimo en la vida de las comunidades campesinas que inicia una oleada de movimientos campesinos en el sur peruano encabezados por Hugo Blanco y demás dirigentes.
Ojo, no confundir, que en esa época no existía terrorismo, hecho que ha teñido de sangre a lo ya sufrido por años y miles y miles de campesinos a lo largo y ancho del Perú. Primero, vendiendo mano de obra barata, seguido con pago de impuestos al Estado y al hacendado. Ello motivó el levantamiento del campesinado, cuya gloriosa historia está escrita en páginas de oro en la pluma inmortal de Manuel Escorza Redobla. Claro está que no es la única sino la más reconocida para que el gobierno de turno decretara la Reforma Agraria.
¿Qué puede decirnos sobre la Ley de derecho a la consulta previa?
Es un instrumento de letra muerta. Es la única ley de consulta a las comunidades campesinas e indígenas, y muchos dirán fue motivo de debate, pero la realidad nos dice que fue una ley impuesta para sorprender a organismos internacionales bajo el pretexto de cumplir con la OIT. Nada más falaz que esta ley, que aviva la llama de la violencia e inspira la desaparición de las comunidades en tanto que se pretende identificar a comunidades nativas y cuales no.
Para el gobierno de entonces, Humala hace referencia a lo expresado por Roque Benavides en la convención minera en Arequipa: que las comunidades campesinas son producto de Velasco y de la Reforma Agraria.
Este tipo de afirmaciones nos conlleva a pensar que hay un desconocimiento total de la historia de nuestro Perú profundo. Si fuera cierta dicha afirmación, estaríamos hablando de colonias como el caso de Pozuzo; en tal sentido es preciso afirmar y reafirmar el carácter de las comunidades campesinas que son y serán nativas, oriundos, nacidos en el lugar y no venidos de otro país ni de otro planeta. Ahora, sí cabe la distinción entre comunidad urbana y rural, allí sí que hay diferencias claras.
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¿Alguna reflexión final?
La lucha de las comunidades no ha cesado, está allí latente día a día. Por tanto, esta lucha es por sus tierras, la supervivencia y, otra muy aparte es por la identidad. Es también la lucha de las clases sociales entre los ricos y los pobres, entre quienes tienen voz y entre quienes no la tienen. Esta lucha es histórica y latente, conlleva a pérdida de vidas humanas, que a la postre son héroes anónimos, héroes que el Estado va ignorar por siempre.
Por todo ello, nuestro reconocimiento a todo el campesinado peruano, al hombre en cuyo calendario no hay sábados, domingos, ni feriados, menos ocho horas de trabajo, pero un seguro digno producto de su entrega y sacrificio durante las 24 horas y los 360 días de trabajo ininterrumpido.