
A fin de erradicar el servicio de transporte en motocicletas, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicó un decreto supremo que pondrá fin al que se ofrece en la vía pública y a través de apps.
Y es que el D.S N° 035-2019-MTC precisa disposiciones sobre el “Servicio de transporte público de personas en vehículos menores no autorizados y establece disposiciones sobre el bloqueo de aplicativos o páginas web”.
La norma ya disponía que solo se puede prestar servicio de movilidad con vehículos de categorías M1 y M2 (autos o camionetas).
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Esta vez, el nuevo decreto ya declara de manera expresa la prohibición de vehículos de dos ruedas para el servicio de transporte de pasajeros.
A través del Viceministerio de Comunicaciones se solicitará a los operadores de telefonía limitar la descarga de aplicaciones en el Perú que ofrezcan este servicio ya prohibido.
La ley de banda ancha señala que los operadores de telefonía no pueden bloquear apps, a menos que esté expresamente prohibido.
“Solo se puede bloquear una app en cumplimiento de una normativa específica que prohíba el servicio”, señaló a El Comercio, José Aguilar, director de políticas y regulaciones en comunicaciones del MTC.
El funcionario sostuvo que los operadores que no cumplan con la disposición del MTC para impedir la descarga de aplicaciones como Picapp, que ofrece ‘taxi’ en moto, podrían recibir una multa de hasta 350 UIT.





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