
Ante una acción de amparo presentada por la Defensoría del Pueblo, el Primer Juzgado Constitucional de Lima determinó que el Ministerio de Defensa (Mindef) no podrá establecer el pago de multas a las personas que no se presenten al servicio militar bajo la modalidad de sorteo público.
De acuerdo con la sentencia, imponer dicho pago representa “un acto de discriminación basado en la condición económica”, ya que las personas con los recursos necesarios podrían cancelar la multa y exonerarse del servicio.
El amparo se solicitó en 2013 a raíz del sorteo público que el Comando de Reservas y Movilización del Ejército tenía previsto realizar el 19 de junio de ese año, el cual finalmente no se llevó a cabo por ser considerado inconstitucional.
El juzgado también señaló que, en caso el Mindef insista en solicitar el pago de multas, la entidad se expone a sanciones económicas o al inicio de un proceso penal por incumplimiento.
Por otro lado, la Defensoría pidió al Congreso que modifique la Ley del Servicio Militar y que elimine la “muerte civil” para quienes se nieguen a pagar la multa, pues dicho extremo de la norma sigue vigente. Demandó una pronta revisión.
Cifras. En el sorteo iban a participar más de 700 mil jóvenes de 18, 19 y 30 años. Más de 12.500 iban a ser seleccionados.
Déficit. La multa en el 2013 ascendía a S/1,850 (50% de una UIT de aquel año). El fallo del PJ sigue vigente.





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