Cargando...
Política

Andrés Hurtado: las investigaciones, hechos, delitos y las penas de prisión que enfrentará

'Chibolín' tiene dos investigaciones por presuntos delitos de corrupción y lavado de activos que lo podrían llevar a prisión hasta por 35 años

larepublica.pe
Andrés Hurtado | Poder Judicial | Poder Judicial

El conductor de Televisión, Andrés Avelino Hurtado Grados, 59 años, conocido popularmente como 'Chibolín', se enfrenta a dos investigaciones en el Ministerio Público: la primera, por delitos de corrupción de funcionarios y, la segunda, por delito de lavado de activos de origen ilícito, que lo podrían llevar a pasar varios años en un centro penitenciario.

Si bien, ambas investigaciones nacen de las declaraciones dadas, el 6 de septiembre último, por Ana Siucho Neira y podrían tener los mismos testigos, tendrán un desarrollo y desenlace distinto y diferentes protagonistas. El único nexo en común, hasta hoy, es Andrés Hurtado.

La investigación de los probables actos de corrupción está a cargo de la Segunda Fiscalía Suprema para Delitos Cometidos por Funcionarios, que dirige el fiscal supremo Alcides Mario Chinchay Castillo, al estar involucrados en los presuntos actos delictivos, una fiscal superior, la abogada Elizabeth Peralta Santur, y otros magistrados por identificar del Poder Judicial y el Ministerio Público.

La investigación por lavado de activos

La familia de "Chibolín" se verá involucrada en las indagaciones de la fiscalía

El fiscal provincial José Manuel Espinoza Vin, de la Segunda Fiscalía Especializada en Delitos de Lavado de Activos, investigará el origen de la fortuna de "Chibolín". En este segundo caso se investigará los ingresos, gastos, compra de bienes y la fortuna personal de Andrés Hurtado, su entorno familiar, amical, colaboradores más cercanos y de las empresas vinculadas, para verificar que todo tenga origen en una actividad lícita.

Entre las empresas vinculadas se menciona a AH Entertainment Company SAC, AH Gold Entertainment SAC, Kikko Corporation SA, Grupo Empresarial Corina SA, GE Corina, Your Brands y Galdias SAC, entre otras. La fiscalía ha requerido a Registrados Públicos y la SUNAT información de los socios, accionistas y representantes legales de estas empresas. La indagación preliminar inicial es por 60 días.

La investigación por corrupción

Fiscalía Suprema asumió competencia en el caso 'Chibolín' por la implicancia de la fiscal superior Elizabeth Peralta

La investigación dirigida por el fiscal Alcides Chinchay se inició el 6 de septiembre por los delitos de tráfico de influencias y cohecho (soborno). Tiene como investigados a Elizabeth Peralta Santur, en calidad de autora del delito, a Andrés Hurtado, Augusto Javier Miu Lei y Francisco Iván Siucho Neira, en calidad de cómplices.

En el proceso por corrupción, para el control de la investigación y autorización de las medidas cautelares, intervendrá el juez de investigación preparatoria de la Corte Suprema de Justicia, Juan Carlos Checkley Soria. La investigación, a cargo del fiscal Espinoza Vin, se tramitará ante un juez de investigación preparatoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada.

La orden de detención preliminar dictada contra "Chibolín", por siete días, corresponde a la primera investigación a cargo del fiscal supremo Alcides Chinchay, con participación del juez supremos Checkley. La detención preliminar vence el 26 de septiembre, pero se podría ampliar si la complejidad de las diligencias lo hace necesario.

Anteriormente, el 6 de septiembre, el juzgado supremo accedió a dictar un impedimento de salida del país contra los cuatro investigados por un plazo de 15 días, que vence el 24 de septiembre. El 13 de septiembre, la fiscalía decretó que estamos ante un caso complejo y la investigación preliminar tendrá una duración de ocho meses, hasta la primera semana de abril.

Los presuntos hechos ilícitos que habría cometido

Las declaraciones de Ana Siucho dieron inicio a las investigaciones

Hasta hoy se han identificado tres presuntos hechos delictivos, ocurridos entre los años 2021 y 2024:

1) El posible pago de un millón de dólares a la fiscal superior especializada en lavado de activos y extinción de dominio, Peralta Santur, a través de Andrés Hurtado, para que consiga la devolución a Miu Lei de cinco barras de oro, de 38.29 kilogramos de oro, que habían sido incautadas por las fiscalías de crimen organizado, el 11 de febrero de 2020.

2) La probable intervención de la fiscal Peralta Saltur para que las fiscalías de lavado de activos inicien una investigación al empresario Jimmy Pflücker y la empresa Paltarumi SAC.

3) El posible pago de 100 mil dólares a la fiscal Peralta Santur para que las fiscalías de lavado de activos archiven la indagación que realizaban a los hermanos Siucho Neira y la empresa Quántico Servicios Integrados SAC.

Los delitos por los que se investiga a 'Chibolín'

Andrés Hurtado tendría vínculos ilícitos con jueces y fiscales

El tráfico de influencia es el acto en el cual cualquier persona invocando o teniendo influencias reales o simuladas recibe, hace dar o prometer para sí o para un tercero, donativo o promesa o cualquier otra ventaja o beneficios con el ofrecimiento de interceder ante un funcionario o servidor público que ha de conocer, esté conociendo o haya conocido un caso judicial o administrativo.

El cohecho activo (dar soborno) lo comete toda persona que bajo cualquier modalidad ofrece, da o promete donativo, ventaja o cualquier otra ventaja o beneficio a un magistrado, árbitro, fiscal, perito, miembro de tribunal administrativo o análogo con el objeto de influir o decidir en asunto sometido a su conocimiento o competencia.

El delito de lavado de activos es todo acto realizado por cualquier persona para convertir, transferir, ocultar, utilizar, guardar, administrar, custodiar, recibir, transportar activos consistentes en dinero, bienes, efectos o ganancias de origen ilícito, que la persona conoce o debía presumir dicho origen ilícito y lo realiza con la finalidad de evitar la identificación de su procedencia, su incautación o decomiso por parte de la autoridad.

Las penas de cárcel que enfrentaría el conductor de TV

Andrés Hurtado 'Chimbolín' declaró que ganaba hasta 300 mil soles mensuales ante el juez supremo Juan Carlos Checkley

El tráfico de influencias tiene una pena mínima de cuatro y no mayor de seis años de privación de la libertad, más inhabilitación para ejercer cargo público y multa.

Por cohecho activo la pena privativa de libertad es de un mínimo de cinco años y un máximo de ocho años de cárcel, más inhabilitación y pago de multa.

El lavado de activos tiene una pena privativa de libertad de un mínimo de ocho años hasta un máximo de 15 años.

De acuerdo con las circunstancias en que se cometan los actos ilícitos, la fiscalía al solicitar la pena y el juez al dictar sentencia, puede sumar las condenas de diversos delitos hasta un máximo de 35 años.

De tal manera que, en los cargos por delitos de corrupción, Andrés Hurtado podría enfrentar una pena mínima de nueve años y un máximo de 14 años. Mientras, que si se suman los tres delitos una pena mínima de 17 años y una máxima de 29 años.

La fiscalía también podría encontrar que ha cometido más de un acto de tráfico de influencias o soborno y/o las tres etapas de lavado de activos -conversión, transferencia y ocultamiento-tenencia, por lo que puede pedir penas por cada acción o modalidad, dentro del mínimo y máximo previsto por la ley por cada hecho ilícito. Igualmente sumar, las penas por actos y delitos. En todas las variables de sumatoria la pena no puede superar los 35 años de prisión.

Penas accesorias, el embargo y remate de bienes.

Adicionalmente, la Procuraduría General del Estado puede solicitar que Andrés Hurtado pague una reparación civil por cada delito cometido. En caso de lavado de activos se procede al decomiso de los bienes producto del delito. De aplicarse la ley de extinción de dominio puede enfrentar el embargo preventivo y remate inmediato de todos sus bienes, incluso antes que se prueben los cargos en su contra y se dicte una sentencia condenatoria.