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Política

Adelanto de elecciones: ¿es posible realizarlas en julio del 2024 como propone Cambio Democrático?

Bancada de izquierda promueve proyecto para que mandato de Dina Boluarte culmine el 30 de setiembre del 2024 y no en julio del 2026. La República conversó con expertos sobre si los tiempos planteados son realizables de cara a unas elecciones generales en julio del próximo año.

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Jefa de Estado, congresistas y representantes del Parlamento Andino culminarían sus funciones a fines de setiembre. Foto: composición de Jazmín Ceras/La República

Aunque la iniciativa de adelantar las elecciones generales perdió fuerza durante los primeros meses del 2023, luego de que el tema fue dilatado por las bancadas del Congreso de la República, Cambio Democrático-Juntos por el Perú puso nuevamente sobre la mesa este tema. En esta ocasión, plantean —a través del proyecto de ley N.º 5668/2023-CR— un adelanto de los comicios para julio del 2024. Una fecha que representa todo un reto frente a los plazos establecidos en la Ley Orgánica de Elecciones con respecto a los tiempos contemplados actualmente para la convocatoria de un proceso electoral.

Frente a este panorama y los cortos plazos estimados para llegar a unas eventuales elecciones generales en julio del 2024, La República conversó con expertos en el tema. Hay coincidencias en puntos clave. En primer lugar, el tema no será posible sin voluntad política; en segundo lugar, la iniciativa de Cambio Democrático establece tiempos que generarían un proceso electoral con fases o etapas recortadas; y finalmente, si la mayoría de los votos manda, los tiempos tendrán que reducirse porque la Constitución está antes que cualquier ley orgánica.

Sobre este último punto, el experto en temas electorales José Naupari explicó a este medio que la discusión sobre si los tiempos dan o no para convocar a elecciones para julio del 2024 pasará a un segundo plano en caso de que el proyecto es aprobado por el Pleno. Al tratarse de una reforma constitucional, la Ley Orgánica de Elecciones tendría que ajustar sus tiempos y establecer un marco especial para garantizar el desarrollo de los comicios: “La Constitución está por encima de la ley y donde están los plazos es en la ley, no en la Constitución. Si por la fuerza de los votos logran aprobar esta reforma constitucional, evidentemente tendrían que adecuar los plazos”.

En tanto, un recorte de los plazos tal y como están establecidos en la actualidad implicaría una eliminación de etapas que podría generar una afectación a la calidad del proceso electoral: “Se tendría que ver qué se va a sacrificar porque ya no vas a tener 365 días calendarios para el cierre de un padrón, (sino que) tendrían que suspender la exigencia de plazo de afiliación de un año, suprimir las primarias, hay temas pendientes ahí”.

¿Qué plantea el proyecto de Cambio Democrático-JPP?

El proyecto titulado ‘Ley de reforma constitucional que adelanta las elecciones generales de autoridades electas en el 2021, atendiendo a razones de grave crisis política y social para el mes de julio de 2024’ plantea que el mandato de Dina Boluarte culmine el 30 de setiembre de 2024 y no en julio del 2026. En cuanto al Congreso y el Parlamento Andino, sus labores terminarían el 28 de setiembre de 2024.

“La presidenta de la República, actualmente en funciones y elegida en las Elecciones Generales de 2021, concluye su mandato el 30 de setiembre de 2024. Las y los congresistas y representantes ante el Parlamento Andino elegidos en las Elecciones Generales de 2021 culminan su representación el 28 de setiembre de 2024. No son de aplicación para ellos, por excepción, los plazos establecidos en los artículos 90 y 112 de la Constitución Política”, se lee en la iniciativa.

En tanto, la jefa de Estado estaría obligada a convocar a elecciones generales para el segundo domingo de julio del 2024. En caso de requerirse una segunda vuelta electoral, esta se realizaría en agosto del mismo año. Por ello, el nuevo presidente de la República —elegido por voto popular— asumiría sus funciones en una ceremonia organizada en el Hemiciclo del Congreso el 30 de setiembre de 2024.

“La presidenta de la República convocará a elecciones generales, las cuales se llevarán a cabo el segundo domingo del mes de julio de 2024. De haber segunda vuelta, esta deberá realizarse el último domingo del mes de agosto de 2024, correspondiendo que el presidente electo preste juramento y asuma el cargo el 30 de setiembre de 2024”, agrega el PL.

¿Cuáles son los caminos y tiempos para llegar a unas elecciones en julio del 2024?

El primer escenario, al tratarse de un proyecto de reforma constitucional, es que la iniciativa sea aprobada por el Pleno en 2 legislaturas consecutivas. La primera inició el 27 de julio y culmina el 15 de diciembre del 2023. Se requiere una votación con los 2/3 del número total de congresistas que, en la práctica, son 87 votos. De superarse esa primera etapa, el mismo texto tendría que ser aprobado —con 87 votos o más— en la siguiente legislatura que va del 1 de marzo al 15 de junio del 2024.

“Me parece poco probable que esta alternativa sea operativa porque, si se está convocado para elecciones en julio del 2024, estamos hablando de que el proyecto tendría que ser aprobado, en el mejor de los casos, en marzo. No habría tiempo para que las autoridades electorales organicen el proceso. Es muy poco tiempo entre marzo y julio como para que se organicen las listas y los partidos puedan presentar sus alternativas”, indicó César Delgado Guembes, constitucionalista y experto en temas parlamentarios, en comunicación con La República.

Por su parte, José Naupari también se mostró preocupado —al analizar el camino de las 2 votaciones— por el poco tiempo que dejaría como plazo previo para la organización de las elecciones generales: “Se tendría poco más de 3 meses para llevar adelante la elección. Evidentemente, es un plazo que se tendría que materializar e implicaría modificar todos los plazos previstos en la Ley Orgánica de Elecciones. También implicaría cuestionarse si se podrían realizar elecciones primarias, (que) a mi juicio serían irreales”.

Por otro lado, en un segundo escenario, la iniciativa de Cambio Democrático no alcanzaría el suficiente consenso y no obtendría los 87 votos, pero sí, una mayoría simple de 66 votos. Con ello, el proyecto se daría por aprobado, ya no requeriría de una segunda votación, pero necesitaría ser ratificado vía referéndum, cuya convocatoria pasaría por las manos de la actual presidenta Dina Boluarte Zegarra.

En este caso, el Congreso de la República tendría que remitir el proyecto —aprobado por el Pleno por más de 66 votos— a la presidenta de la República para que ella convoque a referéndum. Todo ello requiere un tiempo. Si se toman plazos acelerados para noviembre del 2023, se podría tener un resultado. Aun así, Delgado Guembes considera que los tiempos no alcanzarían: “Son plazos demasiado ajustados que harían que el proyecto resulte siendo incumplible”.

Finalmente, José Naupari considera que, pese a que el tiempo es mayor con este segundo escenario, igualmente no coincidiría con las etapas establecidas por la legislación actual: “Entre noviembre y julio, estaríamos hablando de 10 meses. El tema no pasa por si se puede o no se puede. La reforma constitucional te obligaría a crear un marco normativo ad hoc, pero ahí el tema es que los tiempos no dan con la legislación actual”. Todos estos estimados se basan en el supuesto de que haya voluntad política entre las bancadas, la cual hasta la fecha ha sido esquiva frente a la posibilidad de un adelanto de elecciones.