
El Poder Judicial declaró como "inejecutable" la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declaraba la nulidad de la prisión preventiva contra el líder de Perú Libre, Vladimir Cerrón, en el caso Los Dinámicos del Centro.
De acuerdo con la resolución del Sexto Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria, el TC anuló algunas decisiones judiciales contra Cerrón; sin embargo, existen dos resoluciones que mantienen en vigor la prisión preventiva y que no fueron materia de pronunciamiento del fallo. "(Es una) omisión que impide la ejecución material de lo decidido en sus propios términos", sostiene el PJ.
En la resolución emitida el 24 de julio, el juez Leodán Cristóbal Ayala precisó que se trata de una resolución del 4 de diciembre de 2025, mediante la cual declaró infundada la solicitud de variación del mandato de prisión preventiva impuesto a Cerrón, y la resolución del 7 de enero de 2026 de la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional, que confirmó la decisión adoptada por su despacho respecto al investigado en este proceso penal.
El PJ también señaló que, si bien la magistrada Luz Pacheco aludió a esas resoluciones en su voto, no fueron materias de pronunciamiento en la decisión final que aprobó el recurso de habeas corpus de Cerrón.
"Es evidente que la Sentencia n.º 166/2026 es materialmente inejecutable en sus propios términos, dado que a la fecha subsisten dos últimas resoluciones judiciales VIGENTES que sustentan la prisión preventiva y las requisitorias policiales giradas contra el investigado Vladimir Roy Cerrón Rojas; máxime si, en la sentencia de habeas corpus, se omitió pronunciamiento sobre su eficacia, aunque en uno de los votos singulares se haya hecho mención", se lee en el documento.
Decisión del Poder Judicial sobre el caso Vladimir Cerrón
Con la finalidad de ejecutar la decisión del TC, el Poder Judicial le solicitó aclarar su fallo o su omisión en su sentencia.
El juez Cristóbal Ayala le pidió a la institución precisar si su decisión alcanza por "conexión" a las dos resoluciones vigentes, "toda vez que dichas resoluciones -al estar vigentes- impiden la ejecución de lo decidido en el mandato constitucional; más aún si, las últimas resoluciones son decisiones judiciales con autoridad de cosa juzgada, respecto a las cuales este Juzgado Nacional se encuentra limitado a dejar sin efecto".
Hasta el día de la publicación de la resolución, el Juzgado aclaró que el TC no le notificó su decisión sobre el habeas corpus de Cerrón.





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