
La Comisión de Constitución debatirá este martes 5 de mayo un predictamen que redefine los delitos de lesa humanidad. La sesión será semipresencial y abordará el proyecto presentado por Fernando Rospigliosi, congresista de Fuerza Popular, que busca modificar el Código Penal para incorporar esta figura de forma expresa.
La iniciativa legislativa plantea crear un nuevo apartado dentro del Código Penal para tipificar los delitos de lesa humanidad. Según el documento, busca adecuar la legislación nacional a compromisos internacionales asumidos por el Estado peruano, en especial los vinculados al Estatuto de Roma.
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El predictamen establece condiciones específicas para que un delito sea considerado de lesa humanidad. Entre ellas, señala que debe tratarse de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil, con conocimiento de dicho contexto por parte del autor.
La propuesta también incluye una disposición sobre aplicación inmediata. Esta medida indica que la norma podrá aplicarse a casos en trámite o en procesos que se encuentren en etapa de revisión, según lo establecido en el propio texto del predictamen.
La iniciativa legistiva de Rospigliosi responde a lo sustentado en el fundamento 171 del Tribunal Constitucional en el expediente 0009-2024-PI/TC y 0023-2024/TC. En dicha resolución, el TC exhortó al Congreso a modificar el Código Penal para incorporar los delitos de lesa humanidad tal y como se encuentran regulados en el Estatudo de Roma.
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Durante una conferencia de prensa el pasado 1 de abril donde presentó el escrito, Rospigliosi criticó a los jueces que inaplican la ley 32107, donde se prescribían los crímenes de lesa humanidad, aprobada por el Congreso en 2024 y señaló que de concretarse el proyecto de ley estos deberán demostrar si dicho delito se cometió.
“Entonces, si algún juez quiere aplicar esto va a tener que ceñirse a lo que dice el Tratado de Roma, que está recogido en este proyecto de ley, y va a tener que demostrar si es que hubo realmente el delito de lesa humanidad. Eso ha sido utilizado simplemente como un pretexto por jueces politizados y prevaricadores para perseguir injustamente a militares y policías que derrotaron al terrorismo en la década del 80 y del 90”, declaró.
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El proyecto plantea incorporar el Título XIV-B al Código Penal. Este nuevo capítulo regularía de manera específica los delitos de lesa humanidad, que actualmente no están desarrollados de forma detallada en la legislación peruana. Dicha medida responde a una exhortación previa del Tribunal Constitucional.
El texto define que estos delitos deben formar parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil. Precisa que un ataque generalizado implica acciones masivas y frecuentes contra un gran número de personas. En cambio, un ataque sistemático se refiere a hechos planificados y ejecutados bajo una estructura organizada.
El predictamen añade que estos actos deben responder a una política de Estado, planes estratégicos o disposiciones de mando. También menciona que pueden originarse en organizaciones armadas. Este punto delimita el contexto en el que se podrían configurar estos delitos.
En cuanto a las sanciones, se establece una pena privativa de libertad no menor de 15 años ni mayor de 30 años. El documento no contempla, en esta versión, la cadena perpetua. La propuesta señala que la pena dependerá de la gravedad del delito cometido.
Otro aspecto relevante es la diferenciación entre delitos de lesa humanidad y delitos comunes. El predictamen indica que, si no se cumplen los criterios establecidos, los hechos deberán ser juzgados bajo figuras penales ordinarias. Esto implica que no todos los actos graves serán considerados automáticamente como estos delitos.
La propuesta incluye una cláusula de aplicación inmediata. Esta disposición permitiría que la norma se utilice en casos en trámite o en procesos que aún no cuenten con sentencia firme. Especialistas advierten que este punto podría generar interpretaciones sobre la recalificación de delitos en investigaciones abiertas.





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