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Política

Roberto Sánchez: ONPE sanciona con S/88.000 a Juntos por el Perú por no sustentar aportes en campaña en 2021

La ONPE multó al partido por no emitir 86 recibos que justifiquen los aportes recibidos en efectivo o especie durante la campaña del 2021. Cada recibo está valorizado en S/1.000.

La ONPE declaró infundada la apelación que presentó el partido. Foto: Composición/LR
La ONPE declaró infundada la apelación que presentó el partido. Foto: Composición/LR

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sancionó con S/88.000 a Juntos por el Perú (JPP), partido que lleva a Roberto Sánchez como candidato presidencial. El motivo es que la organización política no sustentó correctamente sus aportes recibidos en dinero y especie en la campaña del 2021.

De acuerdo con la resolución jefatural 0014-2026-JN/ONPE, JPP no emitió 86 recibos —cada uno por el valor de S/1.000— para justificar los aportes recibidos entre marzo y abril de ese año, tal como lo solicita la Ley de Organizaciones Políticas (LOP). Para la ONPE, esta omisión "pone de manifiesto la existencia de una pluralidad de actos" y "evidencia la renovada voluntad de incurrir en la misma actuación una y otra vez".

En esa misma línea, la ONPE recalcó la importancia de los recibos porque permiten conocer la identificación del aportante, el tipo de aporte, la fecha de emisión y los datos del tesorero.

Asimismo, el organismo precisó que los citados recibos no cuentan con la firma del aportante y que en ese lugar se observa la firma del tesorero de JPP.

En tanto, la ONPE informó que la organización política no presentó documentación que acredite la subsanación de la conducta infractora y tampoco aportó elementos de juicio que contradigan la infracción.

El ente electoral resaltó que los defectos de la organización política se manifestaron por medio de sus representantes, personal administrativo y dependientes en general. "Son de responsabilidad exclusiva de la propia OP, a la que se le hace un reproche directo de carácter subjetivo por la omisión de un precepto normativo", se lee en el documento.

"No existe duda respecto de la comisión de la conducta infractora que se le atribuye, pues la misma se encuentra debidamente acreditada", acotó la ONPE.

Detalle de la sanción de la ONPE

La sanción impuesta contra JPP lleva la firma del jefe interino de la ONPE, Bernardo Pachas Serrano. El documento se emitió el pasado 24 de abril y rechaza la reconsideración presentada por la organización política.

Apelación rechazada

En febrero de este año, la ONPE multó a JPP con 16 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) por no haber expedido los recibos de los aportes en la campaña electoral anterior.

El 15 de marzo, el personero legal de JPP, Carlos Zafra, presentó un recurso de reconsideración contra la sanción impuesta. En el documento, solicitó la nulidad de la sanción y el archivo del proceso administrativo sancionador.

De acuerdo con la organización política, "no se cometió infracción" porque se trata de 86 casos "sin confirmar" y que, por la naturaleza de los aportes, se trata de infracciones instantáneas. Además, sostuvo que la sanción habría prescrito porque pasaron 4 años y debe probarse fehacientemente la comisión de la infracción imputada.

"Lo único que afirma la ONPE es lo siguiente: que la OP no fue diligente, y se encuentra acreditado, como mínimo, la culpa en la comisión de la infracción", refutó JPP.

Sin embargo, la ONPE desestimó los argumentos. Señaló que la organización política insiste en afirmar que la conducta es de naturaleza instantánea, cuando no es así, y que los demás argumentos fueron presentados en los alegatos de abril del año pasado. Además, la entidad indicó que, si el procedimiento sancionador se inició antes de la fecha de prescripción, el proceso se mantiene vigente, tal como sucedió.

"Se trata de una conducta reiterada en el tiempo, en la que se verifica que la OP realizó una progresión unitaria de la misma conducta infractora –no expedir recibos conforme a la ley–, que se repitió hasta en 86 oportunidades", dijo.

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