La demanda de inconstitucionalidad presentada por el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, contra la ley de extinción de dominio ha abierto un debate sobre si esta beneficiaría o no a los criminales.
De acuerdo con el Poder Judicial, lo propuesto por el titular de la Defensoría del Pueblo "podría beneficiar a quienes han logrado evadir la justicia penal, incluyendo a testaferros y grandes corruptos cuyos bienes ilícitos, en muchos casos, no están directamente vinculados a su nombre", tal como indicaron en un comunicado.
Sin embargo, el Colegio de Abogados de Lima advirtió que "dada la informalidad que existe en materia inmobiliaria y la falta de un registro mobiliario más allá del vehicular, existen ciudadanos que han adquirido sus bienes personales o familiares desde hace muchas décadas, cuando no había obligación de bancarizar las operaciones ni de inscribir sus derechos en registros públicos (...) En este contexto, estas personas podrían encontrarse imposibilitadas de probar el origen lícito de sus propiedades y, por ende, estarían en riesgo de perderlas, lo cual sería injusto".
Por su parte, el abogado penalista Andy Carrión, considera que la norma sí podría perjudicar a personas que hayan adquirido un inmueble hace décadas, pero no cuenten con el registro legal. Incluso, esto podría acontecer en la actualidad por la informalidad del sistema inmobiliario en el país.
"Para entender este punto es necesario saber cómo se adquieren nuevos bienes en un contexto informal. Si es que se advierte algún tipo de irregularidad o, incluso, si se cuenta con una demanda civil a la posesión, sí se podría aplicar la norma siguiendo sus parámetros actuales. Lo que genera un problema porque un usurpador puede interponer una demanda y, solo con ello, el predio ya calificaría para extinción de dominio. Las personas estarían expuestas a perder la titularidad de su predio", explicó a este medio.
Por esto, según el especialista, la demanda presentada por el defensor del Pueblo, señala los abusos a los que se podría llegar con esta norma. "No se requiere una investigación fiscal por algún delito, basta que contravenga cualquier norma jurídica, civil o administrativa para que el Estado pueda extinguirte la propiedad", sustentó.
Además, comentó que cuando un caso por presunto lavado de activos se archiva, de todas formas, la persona podría perder el bien que le quitaron aplicando la extinción de dominio. Con esto, se podría llegar a "excesos", dijo Carrión.
En ese sentido, explicó que existen algunos aspectos positivos en la demanda interpuesta por Josué Gutiérrez, sin embargo, esto no la hace correcta en su totalidad. "Toda norma es perfectible. La ley de extinción de dominio tiene aspectos que pueden mejorarse, lo cual no significa que deba anularse o cambiarse en su totalidad", refirió.
"Existen ciertos apartados que, desde mi perspectiva jurídica externa, sí tienen un sentido pero eso no significa que deba anularse. Yo creo que es perfectible. La norma no es perfecta, hay algunos excesos que puedan corregirse, sobre todo porque nuestro país es informal en un 70% ... ¿Cómo pretendes tú que las personas demuestren cada uno de sus gastos?", finalizó.