Diez militares fueron condenados a penas entre 6 y 12 años de prisión por las violaciones sexuales contra 9 mujeres en las localidades de Manta y Vilca, cometidos en el marco del conflicto armado interno, considerando que cometieron delitos de leda humanidad.
La Sala valoró los testimonios de las víctimas, de testigos, peritajes psicológicos entre otros, lo que generó en los jueces la convicción de que los efectivos del Ejército las sometieron a agresiones sexuales en diferentes momentos, desde que se instaló la base en 1984 hasta 1994.
Las víctimas tenían entre 14 y 25 años cuando fueron sometidas a violaciones sexuales por los efectivos del Ejército, quienes -señalaron los jueces- vivían en un contexto de terror. En algunos casos sufrieron violaciones colectivas.
El presidente de la Sala, el juez René Martínez Castro, relató los testimonios de las mujeres afectadas, como el caso Magda S.C., a quien el soldado Rufino Donato Rivera violó en 1984 en su propia casa. La sacó para llevarla a la base a dar una declaración, pero en el camino la agredió, haciéndola su pareja desde entonces. Ella aceptó por temor. Él fue condenado a 10 de prisión.
Otro caso es el de Maura G.A., quien fue ultrajada en su vivienda por el soldado Vicente Yance en 1985. Tuvo que aceptar porque la amenazó con violarla en grupo. El mismo agresor violó a otras jóvenes, entre ellas a María A. E., a quien siguió hasta su domicilio. Yance también fue condenado a 10 años.
Maura G. volvió a ser víctima de violación en 1986, en aquella ocasión por Epifanio Delfín Quiñonez Loyola, conocido como capitán Papilón, en el interior de la base de Manta. Recibió una pena de 10 años.
El juez relató que en 1985 el efectivo Sabino Valentín Rutti y un soldado bajo su mando violaron a Teresa A. B. y a su sobrina María A. E. cuando fueron al destacamento militar a pedir un permiso para viajar a Pampas. Mientras las violaban, las tildaban de "terruca". Rutti fue condenado a 12 años.
María A. fue ultrajada posteriormente ese mismo año, cuando fue obligada a entrar a la instalación militar para participar en una "fiesta". La obligaron a beber alcohol hasta que perdió el conocimiento, y al despertar estaba desnuda y adolorida. Un soldado le dijo: todos han pasado por ti.
Por estos y otros testimonios, los jueces indicaron que la violencia cometida contra las mujeres de Manta se produjo de forma sistemática y generalizada, lo que cumple el requisito de lesa humanidad.
Dos de los condenados, Raúl Ángel Pinto Ramos y Arturo Hernán Cimarra García, fueron hallados responsables como cómplices primarios por tener la jefatura de la base y no sancionar a los efectivos bajo su mando. Les impusieron 10 años de prisión. La Fiscalía apeló al considerar las penas muy bajas, pues solicitaron entre 18 y 20 años
Por su parte, el abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), Juan José Quispe, recalcó el valor de este fallo que reconoce la gravedad de los hechos.
“Es importante la sentencia porque para el Tribunal son delitos contra la libertad e indemnidad sexual conforme al derecho nacional, pero por la forma y circunstancia, así como la sistematicidad, pues se dio en el periodo de 1984 a 1994 como una política de Estado al ser ejecutados por los militares, constituyen delitos de lesa humanidad conforme al Estatuto de Roma. Exigiremos que se ponga recompensa por los condenados para que sean capturados y cumplan su condena", dijo.