El abogado Martín Salas, exfiscal anticorrupción, destaca que el argumento del préstamo de un reloj Rolex que ahora esgrime la presidenta Dina Boluarte no suprime la posibilidad de delito y que la conducta de la mandataria, con contradicciones e idas y vueltas, sigue complicando la situación en la que ahora se encuentra.
-¿Qué opina de la explicación de Boluarte de que el reloj Rolex fue un préstamo del gobernador Wilfredo Oscorima?
-Responde a la escasa estrategia de defensa que le ha generado su abogado. El gobernador del Cusco salió antes a decir que le habían prestado el Rolex. No se le ocurre nada mejor. Boluarte trata de minimizar la inteligencia de la población. Subestima a la justicia y a la opinión pública. El curso de las investigaciones dará un resultado.
-En la investigación, ¿el argumento del préstamo la favorece?
-No, porque tiene varias versiones contradictorias. Primero, habló de un reloj de antaño, nunca negó la propiedad y ahora dice que es un préstamo. Esto se complementará con otros elementos de convicción como testigos, documentación sobre el Rolex y videos que hayan perennizado su uso constante por la presidenta.
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-Además, la compra registrada por Oscorima fue el día del cumpleaños de Boluarte y ese día fue a la PCM...
-Así es. Y se soltó un presupuesto de 100 millones de soles después de darle el Rolex. El préstamo, por si acaso, también es de índole patrimonial: es un beneficio para la presidenta, usar un reloj que no estaría en sus posibilidades económicas. Podría considerarse que fue a cambio del presupuesto adicional de 100 millones de soles, en teoría del Ministerio Público.
-Entonces, ¿que haya sido préstamo no desaparece la posibilidad de un delito?
-No, porque el préstamo puede ser catalogado por la justicia como un beneficio en favor propio. Ella se está enredando más. Está denotando ante la opinión pública un perfil mitómano, con el único propósito de encubrirse.
-¿Se excedió la Fiscalía en el allanamiento a su casa?
-Es un actuar funcional amparado por la Constitución, el Código Procesal Penal y la Ley Orgánica del Ministerio Público. Responde a la estrategia del fiscal para garantizar evidencia y a la inconducta procesal de Boluarte, que antes, al no recibir al fiscal, retrasó el curso regular de la indagación y obstruyó el actuar del Ministerio Público. No hubo exceso. Las prerrogativas de la presidenta no impiden que en diligencias preliminares se hagan actos de investigación para recabar evidencias. Sería distinto pedir una medida cautelar como la prisión preventiva. Allí el Ministerio Público está impedido.
-¿Por qué?
-Luego de diligencias preliminares, si hay evidencia suficiente, se pasa a la etapa de investigación preparatoria. En el caso de funcionarios aforados, no se puede si el Congreso no lo autoriza con una acusación constitucional. La Constitución estipula que el presidente solo puede ser acusado por impedir elecciones, disolver el Congreso e impedir labor de organismos electorales, no por enriquecimiento ilícito. El Congreso no podrá acusarla hasta que cesen sus prerrogativas.
-Ella alegaba que no podía hablar del tema al público porque la investigación fiscal se lo impedía. ¿Es así?
-No está con reglas de conducta. El derecho de defensa es irrestricto. Le permite defenderse ante la opinión pública. La reserva es para los que no son parte directa, pero el imputado puede defenderse como quiera. Es irrestricto.