El abogado de Kenji Fujimori, Elio Riera, señaló que no se sienten conformes con la confirmación de la condena de 4 años y 6 meses de prisión suspendida contra el excongresista, dictada por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema. A pesar de que se decidió que no vaya a prisión —tras beneficiarse con el Decreto Legislativo 1585 del Gobierno de Dina Boluarte— adelantan que irán por la vía constitucional para obtener una absolución.
“Lo que nos corresponde a nosotros es continuar con esta batalla para demostrar en la vía constitucional los vacíos que existen en esta sentencia, para demostrar su inocencia y lograr plenamente que sea absuelto”, declaró a Exitosa.
De acuerdo a lo decidido por el juez de segunda instancia, Kenji Fujimori salvó de ir a prisión, pero deberá cumplir una serie de reglas de conducta y se le impuso 18 meses de inhabilitación. Durante la audiencia, se destacó que tanto él como el resto de imputados carecen de antecedentes penales, tampoco intentaron fugarse durante el proceso, ni realizaron gestiones para entorpecer la labor de la Justicia.
A pesar de ello, Elio Riera adelantó que irán por la vía constitucional, por lo que esperarán la publicación de la resolución completa para armar una defensa. Aunque anticipó que se cuestionará el carácter “atípico” de la condena, una presunta falta de respeto al fuero parlamentario al no habérsele levantando previamente el antejuicio y la originalidad de los denominados Mamanivideos.
El Decreto Legislativo 1585 introdujo una serie de modificaciones en materia penal que terminaron beneficiando al hijo de Alberto Fujimori. En concreto, se dispuso que los jueces pudiesen variar condenas efectivas a suspendidas (no ir a prisión) si la pena es menor a 5 años; antes era de 4 el límite. Esta fue promulgada después de la sentencia en primera instancia, pero el juez aplicó un principio de retroactividad para el pronunciamiento en segunda instancia.
“No ha ido a prisión porque, al entender de la sala, se aplica una normativa que señala que las penas privativas cuando son menores a 5 años no correspondería que se vuelvan efectivas. Es una norma que se dio hace poco, la 1585, para reducir el hacinamiento en las cárceles”, agregó.