
El Sexto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima admitió a trámite la acción de hábeas corpus que presentó en horas de la mañana el defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, a fin de que se deje sin efecto el decreto supremo que emitió el gobierno del presidente Pedro Castillo para disponer toque de queda para este martes 5 de abril.
De acuerdo con la Defensoría del Pueblo, la medida dictada por el Ejecutivo “resulta abiertamente inconstitucional por desproporcionada e irrazonable, por cuanto no se ha justificado cómo una medida de tal naturaleza en Lima y Callao contribuirá a preservar el orden social a nivel nacional”.
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“La restricción inopinada a la libertad individual a través del toque tiene graves repercusiones en la ciudadanía, pues su vigencia no permite que se puedan tomar los recaudos necesarios para garantizar el orden o la tranquilidad pública”, se lee en la resolución.
El titular de la Defensoría también requiere que el tribunal inste “a los codemandados de abstenerse en volver a incurrir en una medida igual o similar naturaleza, debido a que estaría afectando los derechos fundamentales de las personas que radican en Lima Metropolitana y el Callao”.





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