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Política

Tribunal Constitucional votará el jueves sobre cuestión de confianza

Audiencia. Para la inconstitucionalidad de la Ley 31355 se necesitan cinco votos de los magistrados de un tribunal dividido.

Proceso. Después del debate a las 9.00 a.m. se pasa a votar. Foto: difusión
Proceso. Después del debate a las 9.00 a.m. se pasa a votar. Foto: difusión

Este jueves el Tribunal Constitucional (TC) resolverá la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Ejecutivo sobre la cuestión de confianza, según lo confirmaron fuentes de este organismo.

En octubre, el procurador público Luis Huerta Guerrero presentó esta demanda ante el TC para lograr la nulidad de la Ley 31355 aprobada por el Congreso y que debilita al Ejecutivo sobre los aspectos en que puede pedir la cuestión de confianza.

De acuerdo a esta norma, la cuestión de confianza puede ser usada por el Ejecutivo solo en materias de su competencia, “no encontrándose, entre ellas, las relativas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que afecten los procedimientos y las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso”. Además, esta es aprobada o rehusada luego de concluido el debate, de realizada la votación en el Congreso y debe ser notificada expresamente al Ejecutivo para que surta efecto.

Demanda. Se necesitan 5 de 6 votos para que el Tribunal Constitucional pueda admitir demanda de inconstitucionalidad contra ley que afecta el referéndum. Foto: difusión

Para la inconstitucionalidad de la referida ley se necesitan cinco votos de este tribunal compuesto por los magistrados Eloy Espinosa-Saldaña, Marianella Ledesma, Manuel Miranda, Ernesto Blume, José Luis Sardón y Augusto Ferrero. Las mismas fuentes del TC consideran imposible alcanzar los cinco votos porque el Tribunal está partido en dos bloques.

Uno de estos está integrado por los ‘progresistas’ Saldaña, Ledesma y Miranda. En el otro, de los ‘conservadores’, están Blume, Sardón y Ferrero. El presidente del TC, Augusto Ferrero, tiene un voto de calidad (vale el doble cuando hay empates). Según el procedimiento, primero se debate y luego se vota, salvo que el ponente, como consecuencia de la deliberación, decida retirar la ponencia. Caso contrario, puede insistir en que se vote si considera que su exposición tiene razones suficientes para ser votada.

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