El coordinador del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela Barba, declaró infundado el pedido de Keiko Fujimori, quien, a través de su abogada Giuliana Loza, había solicitado la nulidad absoluta de la disposición del último 5 de julio. En ese documento, el fiscal José Domingo Pérez dispuso abrirle una nueva investigación preliminar a la excandidata por la presunta comisión del delito de lavado de activos.
El fiscal Pérez sostenía, tras recoger nuevos elementos, que “la persona jurídica Fuerza Popular estaría, bajo diversas modalidades, captando activos de procedencia ilícita, por lo que corresponde sostener -en grado de sospecha simple- que la actividad criminal de la organización no ha cesado en la campaña electoral del 2021”.
Aquellos nuevos elementos eran los audios de Vladimiro Montesinos que fueron difundidos durante la segunda vuelta electoral y una grabación entregada por el abogado Raúl Noblecilla, en la que empresarios hablaban sobre un supuesto financiamiento al partido naranja, además de un escrito presentado por la ciudadana Rene Calsin en el que aseguraba que Fujimori había vulnerado las reglas de conducta.
En los ‘vladiaudios’, se escuchaba al exasesor Vladimiro Montesinos dialogando con su interlocutor, buscando la forma de apoyar y favorecer a la hija de Alberto Fujimori para que ella gane la presidencia.
En su pedido, Giuliana Loza señaló que “la Fiscalía Superior Coordinadora no es competente para fijar criterios de competencias, ya que estas las establece la Fiscalía de la Nación a través de una resolución. El Equipo Especial se creó para que, a dedicación exclusiva, afronte las investigaciones fiscales relacionadas o vinculadas a la empresa Odebrecht y sus conexas -delimitando así sus competencias-”.
Y agregó: “Su despacho (el de Rafael Vela) no es una Fiscalía Ad-Hoc para asumir competencia como instancia superior, ni para disponer investigar exclusivamente a Keiko Fujimori o a Fuerza Popular, ya que el Equipo Especial denominado ‘Lavajato’ no tiene facultades ni competencias establecidas por la Fiscalía de la Nación, que indiquen o establezcan expresamente a Fujimori Higuchi, como parece pretender hacerlo en el presente caso”.
Ante esto, el fiscal superior Vela Barba explicó que el Equipo Especial se creó a través de una resolución para “investigar los delitos cometidos por las empresas Odebrecht, OAS, Camargo y Correa, y otras vinculadas con los hechos conocidos como Lava Jato. En su artículo segundo, amplió la competencia para que conozcan a dedicación exclusiva, además de los delitos de corrupción de funcionarios y conexos, los delitos de lavado de activos y procesos de perdida de dominio para los casos nuevos que se generen”, se lee en el documento al cual tuvo acceso La República.
“No se advierte en la disposición superior (el inicio de investigaciones preliminares) ningún vicio de nulidad absoluta como argumenta la letrada Giuliana Loza, ya que la misma se emite por el Fiscal Superior Coordinador del Equipo Especial de Fiscales en el ámbito de las funciones establecidas en el reglamento que rige para las Coordinaciones, no habiendo creado ni ampliado las competencias que le son propias al Equipo Especial, sino que van en orden a las diversas resoluciones de la Fiscalía de la Nación”, se agrega.
El Fiscal Superior también asegura que la disposición “no vulnera el principio de objetividad ni conlleva una parcialización de los representantes del Ministerio Público (...) ya que somos defensores de la legalidad, donde el fiscal provincial dirige la investigación con total objetividad”. Por todo esto, Vela decidió “declarar infundado” el pedido de Loza Avalos y Keiko Fujimori seguirá siendo investigada, en este nuevo caso, por Domingo Pérez.
Fiscalía Superior Coordinadora.
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