
El Poder Ejecutivo, a través de un decreto supremo, prorrogó el estado de emergencia nacional por el plazo de 31 días, a partir del jueves 1 de julio, debido a la grave crisis que ha ocasionado la pandemia de la COVID-19 en el país.
Durante este tiempo, apunta el Decreto Supremo n.º 123-2021-PCM publicado en el diario oficial El Peruano, “queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio”.
“El personal de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas velará por el irrestricto cumplimiento de las disposiciones emitidas en el marco del estado de emergencia nacional, conforme a la normativa vigente”, se agregó.
De igual forma, el Gobierno hizo oficial la nueva clasificación de departamentos según el nivel de alerta sanitaria (moderado, alto, muy alto y extremo), la cual regirá desde este lunes 21 de junio.
Solo Loreto y Ucayali se encuentran en nivel de alerta moderado, mientras que Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, La Libertad, Lambayeque, Lima, Madre de Dios, Piura, Puno, San Martín, Tumbes y Callao están en nivel alto.
En tanto, algunos departamentos que están en nivel muy alto son Junín, Moquegua, Pasco y Tacna, entre otros, mientras que las provincias de Chachapoyas, Arequipa, Camaná, Caravelí, Castilla, Caylloma, Islay, Lucanas y Espinar están en riesgo extremo.
Habrá también restricciones para cada región, según su nivel de alerta, y durarán tres semanas. Llegada la fecha, el presidente Francisco Sagasti, junto con su gabinete, evaluarán si las amplían o no.
Niveles de alerta.
Por último, el decreto supremo precisó que “durante la inmovilización social obligatoria, se exceptúa al personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de salud, medicinas, servicios financieros, abastecimiento de tiendas de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes y bodegas, servicio de restaurante para entrega a domicilio y recojo en local”.
Además, se continúa con “los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas”. Farmacias y boticas también podrán atender.
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