
El congresista José Luna Morales, de la bancada de Podemos Perú, habría vulnerado el principio de neutralidad, de acuerdo con un informe del despacho de Fiscalización Electoral del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
“José Luis Luna Morales, del partido político Podemos Perú, portó una mascarilla de color negro con el símbolo a color de la organización Podemos Perú, durante declaraciones brindadas a la prensa en los exteriores del recinto parlamentario y durante su intervención en una actividad propia de su función como congresista de la República”, se indicó en el documento al que La República tuvo acceso.
José Luna Morales habría vulnerado el principio de neutralidad. Foto: Captura informe JNE
La pesquisa precisó que el parlamentario apareció en tres fechas del mes de setiembre, ante los medios de comunicación de señal abierta y cable, portando dicha mascarilla. Sus intervenciones fueron en el contexto del debate de la primera moción de vacancia presidencial y del pedido re retiro de Edgar Alarcón de la Comisión de Fiscalización.
Es así que habría infringido el principio de neutralidad, establecido en el Reglamento sobre Propaganda Electoral, la Ley Orgánica de Elecciones, la Constitución y el Código de Ética de la Función Pública.
“Es el deber esencial de toda autoridad, funcionario o servidor público, independientemente de su régimen laboral, para actuar con imparcialidad en el ejercicio de sus funciones, en el marco de un proceso electoral”, se señaló en el Reglamento.
José Luna Morales. Foto: Captura Canal N/Informe JNE
Cabe recordar que el parlamentario José Luna Morales fue imputado por una de sus empresas, ya que no aportó a las AFP el dinero que retenía a sus trabajadores. El caso fue elevado a la Comisión de Ética del Congreso, misma que rechazó iniciar una investigación.
Se presentó una reconsideración de esa votación para iniciar las pesquisas, sin embargo, la solicitud de rechazó el setiembre pasado al no alcanzar los 6 votos necesarios.
De acuerdo con el JNE, en el marco de las elecciones generales de 2021, ninguna autoridad, funcionario o servidor público puede interferir con la intención de los votantes, ya sea para favorecer o perjudicar a una persona o partido en específico.
De modo que ningún colaborador del Estado puede “practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinado partido (organización política) o candidato”, según se detalló en el artículo 346 de la Ley Orgánica de Elecciones.
De igual forma, en el Código de Ética de la Función Pública, se estableció lo siguiente respecto a los empleados públicos: “Debe actuar con absoluta imparcialidad política, económica o de cualquier otra índole en el desempeño de sus funciones demostrando independencia a sus vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones”.
Por ello, José Luna Morales habría incurrido en una falta al principio de neutralidad al portar una mascarilla con el lago de su partido, Podemos Perú, a meses de desarrollarse los comicios.
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