El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) calificó como constitucional la disolución del Congreso decretada por el presidente Martín Vizcarra el pasado 30 de setiembre. El máximo órgano declaró infundada la demanda competencial que Pedro Olaechea interpuso en contra el Poder Ejecutivo por este hecho.
La ponencia del magistrado Carlos Ramos fue aprobada este martes con cuatro de siete votos, avalando la propuestaque rechazaba los argumentos del titular de la Comisión Permanente.
Los votos a favor de la ponencia fueron de Eloy Espinosa-Saldaña, Carlos Ramos Núñez, Manuel Miranda y la presidenta Marianella Ledesma. Solo Ernesto Blume, José Luis Sardón y Augusto Ferrero Costa decidieron en contra, al considerar como fundada la demanda.
La ponencia de Ramos determina que el Poder Ejecutivo sí tenía competencia para presentar cuestión de confianza sobre el proyecto de ley que buscaba modificar la forma de selección de los magistrados del TC.
Además, estableció que el Parlamento sí denegó el pedido de Salvador del Solar, entonces primer ministro, al haber continuado con el proceso de selección a pesar que había solicitado su suspensión.
De esta manera, con el voto de la mayoría del Pleno del TC, se declaró como constitucional la decisión del presidente Martín Vizcarra del 30 de setiembre de 2019.
El abogado constitucionalista Omar Cairo señaló a La República que la decisión del TC fue la indicada, al establecer que la cuestión de confianza es calificada como rechazada si el Legislativo, a pesar de haber otorgado el voto de confianza, con sus acciones luego la deniega.
“Si el Congreso inequívocamente rechaza sin hacer votación, se debe entender que la cuestión de confianza debe ser rechazada. Esa es una conducta que expresa una denegativa, entonces en la práctica se está negando lo que antes se aprobó en una votación”, comentó.
El constitucionalista explicó que con esta medida lo que se trata es evitar que se haga pasar como aprobada una cuestión de confianza, para que luego se trangiverse.
Juicio político como sanción
Respecto a las sanciones que se podrían producir luego de la decisión del TC, Omar Cairo mencionó que en el aspecto constitucional el nuevo Parlamento, ya sea el elegido en enero de este año o en julio del próximo, puede llevar a juicio político a los excongresistas que consideren hayan cometido una infracción a la Constitución.
“En el aspecto constitucional, podría ser considerado como una infracción a la Constitución y dar lugar a un juicio político en el cual se establezca que se sanciona a los congresistas que realizaron esta suspensión temporal para el presidente Martín Vizcarra”, mencionó.
Cabe recordar que el Pleno del Legislativo cuando ya había sido disuelto aprobó la suspención temporal del jefe de Estado por el plazo de 12 meses. Quien dirigió esta medida ilegal fue Pedro Olaechea y los exintegrantes de la Mesa Directiva.
El abogado menciona que si el nuevo Legislativo considera que los excongresistas son responsables de este ilícito, se les puede sancionar con la suspensión, inhabilitación y hasta destitución.
Denuncia penal contra de Olechea, Aráoz y Salazar
En el aspecto penal, el abogado penalista Carlos Caro Coria indicó que no procederían las denuncias penales interpuestas contra de Pedro Olaechea, Mercedes Aráoz y Milagros Salazar por presunta usurpación de funciones luego de la disolución del Congreso.
Explicó que las decisiones del TC no son retroactivas debido a que recién este martes se ha declarado como constitucional el decreto presidencial del 30 de setiembre. Es decir, que por principio penal no se puede juzgar a un presunto autor de delito cuando no se tenía una clara situación sobre la legalidad o ilegalidad de sus actos.
“Yo creo que no va a prosperar porque las decisiones del TC rigen hacia adelante, no hacia atrás y había incertidumbre jurídica, la que ha sido zanjada ahora. Entonces no procedería una denuncia contra ellos porque la incertidumbre jurídica ha sido resuelta hoy y de forma ajustada con 4 - 3 (votos)”, declaró para La República.
Sin embargo, Caro Coria resaltó que si es que algún congresista continua atribuyéndose funciones que no le corresponden luego de la decisión del TC, sí cometería delito, como el de usurpación de funciones el que está penado con hasta 8 años de cárcel.
“En materia penal, el principio de legalidad indica que el ciudadano o autor del delito debe saber que algo está absolutamente prohibido. Si en todo caso, alguno de estos excongresistas continúa ejecutando funciones que no les corresponden ya cometería un delito clarísimo. Ya en estos momentos no hay incertidumbre, ya no pueden hacer eso”, subrayó.
Los miembros del Tribunal Constitucional tendrán un plazo de 7 días hábiles para presentar los fundamentos de sus votos y decisiones singulares. El presidente Martín Vizcarra saludó la decisión y Pedro Olaechea manifestó que acatará el falló.