Toledo y el caso OdebrechtUn nuevo paso. La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema aprobó por unanimidad declarar procedente la solicitud para que el expresidente sea traído desde los Estados Unidos para responder por los presuntos delitos de tráfico de influencias, colusión y lavado de activos.,La Corte Suprema declaró procedente la solicitud de extradición contra el ex presidente Alejandro Toledo, hoy en Estados Unidos, y procesado por los supuestos delitos de tráfico de influencias, colusión y lavado de activos en agravio del Estado peruano. La Sala Penal Permanente aprobó el pedido por unanimidad. Firmaron César San Martín (presidente), José Neyra Flores, Iván Sequeiros Vargas, Luis Cevallos Vegas y Sabina Chávez Mella. PUEDES VER Alejandro Toledo: Pedido de extradición contra expresidente fue aprobado El cuaderno de extradición será remitido al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Luego el Poder Ejecutivo se pronunciará mediante una Resolución Suprema aprobada en el Consejo de Ministros, previo informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas. Una vez emitida esta resolución, el cuaderno de extradición deberá ser traducido al inglés para que sea presentado de manera formal por la Fiscalía y sea dirigido al Departamento de Estado de los Estados Unidos, por intermedio de la embajada peruana en Washington. De acuerdo con lo señalado por el presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez, Estados Unidos no debería demorar más de seis meses en resolver el requerimiento de la justicia, porque el expediente se encuentra “bien armado, con todos los requisitos que exige la justicia norteamericana”. “El expediente está bien armado con todos los requisitos que exige la justicia norteamericana, sobre todo lo que ellos llaman la causa probable de condena, que se exige como un parámetro fundamental. Espero que se tramite en un tiempo prudencial, que no se demore dos años, ni tres años. Para mí un tiempo prudencial sería de unos seis meses”, declaró Duberlí. Fundamentos Como se ha dicho, la solicitud de extradición aprobada por la Corte Suprema contempla tres presuntos delitos cometidos por Toledo. En lo que respecta a tráfico de influencias, el documento señala que "el reclamado Toledo Manrique" ofreció a Jorge Barata, ex superintendente de Odebrecht en el Perú, "la posibilidad de ganar, bajo determinados términos, la licitación del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Perú-Brasil a cambio de la suma de 35 millones de dólares". La resolución precisa que el propio Toledo le indicó a Barata que se encargaría, él mismo, de gestionar "la modificación de las bases de la licitación para dificultar la participación de otras empresas". En cuanto al delito de colusión, se señala que Toledo "defraudó al Estado peruano" al concertar con Barata para favorecer a Odebrecht. Así, "el acuerdo delictivo consistió en que Odebrecht entregaría al extraditable Toledo Manrique, en cuentas del grupo empresarial de Josef Maiman Rapaport", los 35 millones de dólares solo si Odebrecht se adjudicaba la obra. La resolución recuerda que "el reclamado Toledo" recibió por intermedio de las empresas de Maiman 20 millones de dólares. Han sido identificados unos 11 millones. Y sobre la presunta comisión de lavado de activos, el fallo explica que Toledo "utilizó, en el periodo comprendido entre los años 2006 y 2010, aproximadamente, varias cuentas bancarias –beneficiarias– de las empresas offshore de Maiman Rapaport (Tarilbridge Ltd., Warbury and Co., Merhav Overseas Limited) así como las estructuras societarias" con el fin de "realizar operaciones financieras complejas" por un monto superior a los nueve millones de dólares. "El imputado Toledo Manrique tenía el dominio del hecho delictivo. Fijó que se hicieran los depósitos en las cuentas de su amigo Josef Maiman", dice la resolución. Además, la Corte Suprema aclara que los delitos imputados son comunes, con lo cual descarta que el pedido de extradición tenga como razón de fondo alguna motivación ajena a la búsqueda de la justicia. Asimismo, la Corte Suprema asegura que estos tres delitos atribuidos al ex presidente Toledo no han prescrito, al no haberse agotado los plazos legalmente previstos. Por cierto, la prescripción es uno de los argumentos legales en los que se ha venido apoyando la defensa de Toledo para evitar que sea traído de vuelta al Perú. Finalmente, la Sala Penal Permanente estima que la solicitud de extradición cumple con el principio de la doble incriminación; es decir, los hechos atribuidos (tráfico de influencias, colusión y lavado de activos) son considerados delitos tanto en el Perú como en los Estados Unidos. De acuerdo con la más reciente información sobre el paradero del ex mandatario Toledo, este reside (desde noviembre del año pasado) en el Estado de California. Hasta el TC Conocida la solicitud de extradición de Toledo aprobada por la Corte Suprema, el abogado del ex presidente, Roberto Su Rivadeneyra, conversó con La República. Anunció que interpondrá una demanda de Hábeas Corpus que tendrá que ser resuelta por el Tribunal Constitucional (TC). Añadió que, de ser el caso, recurrirá hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), pues dijo que no se ha respetado el estado de derecho y se ha vulnerado el debido proceso. Consideró que la resolución de la Corte Suprema es una ratificación de la arbitrariedad y persecución contra el ex mandatario. “El fallo dice que Toledo ha promulgado la Ley 28214, pese a que hemos argumentado que esa Ley la promulgó el Congreso por insistencia, pues el presidente la observó. Le atribuyen hechos en los que no ha participado”, aseguró. Sostuvo que el delito de tráfico de influencias que se le imputa a su patrocinado ha prescrito y que tampoco se le puede atribuir el delito de colusión, pues este debe ser cometido por un funcionario que participe por razones de su cargo en las contrataciones públicas, mientras que el presidente de la República no tiene esa función. Su Rivadeneyra manifestó que un proceso de extradición demora un año y medio y, en ese lapso, el TC debe pronunciarse. “Si es que falla a nuestro favor, dejará sin efecto dos delitos (tráfico de influencias y colusión) y devolverá el pedido de extradición para que se realicen las correcciones”, declaró. El abogado dijo estar de acuerdo en que se realicen las investigaciones, pero consideró que no hay medios probatorios para demostrar que el dinero era para Toledo. “Barata dice que le dio a Maiman y éste que el dinero fue para Toledo, pero no se puede condenar a las personas por dichos”, comentó. Su Rivadeneyra aseguró que Fernando Zavala fue ministro de Economía de Toledo y, en ningún momento, ha dicho que el entonces presidente tuvo injerencia en la Interoceánica. “Lo mismo han dicho los demás ministros, entonces ¿dónde está la colusión? Eso no existe. Es una construcción fantasiosa del fiscal y los jueces están avalando eso”, sostuvo. El de ayer es un paso más hacia el regreso –obligado– de Toledo a tierras peruanas para responder por los delitos que se le atribuyen. Aunque su defensa legal no se rinde. En mes y medio sale la acusación por Ecoteva - El coordinador de la Fiscalía de Lavado de Activos, Rafael Vela, señaló a La República que en un mes y medio, aproximadamente, estaría lista la acusación por el caso Ecoteva. "Este pedido (de extradición hecho público ayer) no contiene el caso Ecoteva que es mucho más sólido porque incluye las adquisiciones inmobiliarias. En un mes y medio debe concluirse (la acusación) y el pedido de extradición de Toledo y de Eliane Karp", señaló Vela. - En ese sentido, Vela cuestionó lo afirmado por el presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez, en el sentido de que resulta innecesario proseguir con las investigaciones relacionadas con Ecoteva. - "No es una cuestión pragmática sino de legalidad. Las investigaciones son autónomas y generan pedidos independientes de extradición. Mientras que lo de Odebrecht recién está en investigación , el tema de Ecoteva ya tendrá una acusación muy pronto", dijo Vela. “El expediente de extradición primero debe pasar por una Comisión Técnica del Minjus y después será revisado en el Consejo de Ministros”. Mercedes Aráoz (Premier) “Espero que esta solicitud la tramiten en un tiempo prudencial, que no se demore dos años, ni tres años. Para mí un tiempo prudencial serían seis meses”. Duberlí Rodríguez (Presidente del Poder Judicial) “Será fundamental y decisivo el trabajo de los abogados de Perú en EE.UU. en coordinación con la procuraduría de lavado de activos o anticorrupción”. Carlos Rivera (Abogado del IDL)