El pasado jueves 11 de mayo dejó de estar en vigor el Título 42, política de inmigración de Estados Unidos implantada bajo el mandato de Donald Trump (2017-2021) y que luego siguió aplicando Joe Biden en su gobierno.
Se creó con el argumento de proteger a la población estadounidense en medio de la pandemia de la COVID-19 y, bajo esta premisa, ha permitido deportaciones con el pretexto de la pandemia.
Desde que entró en vigor en marzo de 2020, la política fronteriza de salud pública se ha usado 2,8 millones de veces para deportar automáticamente a México a las personas migrantes que cruzaban a EE. UU., según datos de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP).
Tras el cese del Título 42, se avecinan importantes cambios en la legislatura con la entrada en vigor del Título 8, con consecuencias más graves para aquellos migrantes que busquen entrar ilegalmente a Estados Unidos.
El Título 8 tiene décadas de antigüedad. Entre las restricciones que propone, hay una de ellas que indica que, antes de cruzar de manera irregular la frontera, el migrante debe haber intentado lograr un asilo previo.
Es decir, antes de cruzar por el río o el desierto, cuenta con tres opciones, según información detallada por CNN:
“El migrante, cuando llega a la frontera, va a tener que comprobar que solicitó asilo en algún otro país y que se le fue rechazado. Para la mayoría será México porque es el último país antes de ingresar a Estados Unidos”, sostuvo para CNN Ariel Ruiz, analista del Instituto de Política Migratoria.
Sin embargo, estas restricciones no serán aplicadas para todos los ciudadanos. Entre las excepciones, la norma indica que tanto los menores no acompañados y los adultos en condiciones más delicadas como los casos de trata de personas o por salud están exentos.
Bajo el Título 8, si el migrante no cumple con los requisitos antes mencionados, no será elegible al asilo y enfrentará un proceso de deportación.
Los migrantes detenidos por entrar de manera ilegal a EE. UU., desde México o Canadá, serán expulsados inmediatamente a su país de último tránsito o de origen, luego de registrar su intento ilegal de ingreso.
Hasta el 11 de mayo, los migrantes que eran expulsados salían sin dejar registro de dichas deportaciones. Sin embargo, con el Título 8, estos procedimientos quedarán registrados en su documentación, con las consecuencias que esto implica.
“Tiene repercusiones aún más graves para la persona que busca entrar de forma irregular a Estados Unidos porque podría ser deportado y ser inelegible de pedir asilo político”, indicó a CNN Alma Rosa Nieto, abogada de inmigración.
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Tras la deportación, el migrante puede estar impedido de ingresar al país por al menos cinco años, pero el castigo puede ser más largo, incluso puede incluir la cárcel.
“La frontera no está abierta a partir del 11 de mayo. Emplearemos a nuestras autoridades de inmigración e impondremos unas consecuencias más extremas que las del Título 42. Las personas serán expulsadas y se les prohibirá la entrada a los Estados Unidos durante al menos cinco años”, sostuvo por su parte Alejandro Mayorkas, secretario del Departamento de Seguridad Nacional, al medio.