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Economía

Aprueban aumento de pensión para maestros jubilados y cesantes a S/3.500: Conoce los detalles

El Pleno del Congreso del Perú aprobó con 82 votos a favor la Ley de Pensión Digna para Docentes, que garantiza a los maestros jubilados un monto mensual que asciende a S/ 3.500,70.

Aprueban aumento de pensión a maestros jubilados y cesantes a S/ 3.500.
Aprueban aumento de pensión a maestros jubilados y cesantes a S/ 3.500. | Andina

Con 82 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó la denominada Ley de Pensión Digna para Docentes, que establece que los maestros jubilados del Perú recibirán un monto mensual de S/ 3.500,70. La iniciativa, previamente observada por el Ejecutivo, fue finalmente aprobada este jueves 19 de marzo, tras ser exonerada de su revisión en comisiones. 

¿Cómo se determinará el monto de las pensiones? 

Según la propuesta legislativa, los docentes jubilados y cesantes de la Carrera Pública Magisterial recibirán una pensión equivalente a la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) correspondiente a la primera escala magisterial, que actualmente asciende a S/ 3.500

Este incremento abarcará a los profesores de educación básica, alternativa, especial y técnico-productiva, comprendidos en los Decretos Leyes 19990 y 20530, así como a los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) y a los docentes sujetos a la Ley 29944. 

De acuerdo con el portal del Congreso, el monto final será definido por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en coordinación con el Ministerio de Educación (Minedu). “De esta manera podemos ofrecer a nuestros docentes una mejora de calidad de vida y son responsables de la conducción y formación de más de 6 millones de estudiantes públicos”, señaló Ana Zegarra Saboya (Somos Perú), vicepresidenta de la Comisión de Economía. 

Un debate que se retomó 

 El texto aprobado por el Congreso había sido observado previamente, el 7 de octubre de 2025, por la entonces presidenta Dina Boluarte, quien argumentó que la norma generaba “mayores gastos públicos” y que su aprobación sin la concurrencia del Poder Ejecutivo “resulta inconstitucional por contravenir el artículo 79 de la Carta Magna”. 

“El Congreso de la República no puede utilizar su facultad de iniciativa legislativa para crear o incrementar el gasto de recursos, toda vez que dicha facultad constitucionalmente le corresponde en exclusiva al Poder Ejecutivo”, subrayó el Gobierno en aquella ocasión. 

Pese a esta observación, el Congreso decidió insistir en la propuesta y finalmente la aprobó por insistencia, acelerando su trámite mediante la exoneración del dictamen en comisiones

En paralelo, la reciente aprobación de una reforma previsional para militares y policías —que implica un alto compromiso de recursos públicos— fue utilizada como argumento en el debate. En esa línea, la congresista Flor Pablo (Partido Morado) defendió la necesidad de otorgar un tratamiento similar a los docentes, mientras que otras bancadas alertaron sobre las implicancias fiscales de la medida. 

Críticas de los gremios por el impacto en las finanzas públicas 

Diversas entidades, como Comex Perú y el Consejo Privado de Competitividad, expresaron preocupación por los riesgos fiscales asociados a la norma. Entre sus principales cuestionamientos destacan el alto costo anual, pues señalan que esta norma en particular podría demandar un costo de S/5.600 millones cada año para el Estado.

“De acuerdo con estimaciones del Consejo Fiscal, esta iniciativa implicaría un gasto anual de S/ 5.670 millones y reabriría en la práctica el esquema de cédula viva, generando una presión insostenible sobre las finanzas públicas”, advierten. 

Asimismo, afirmaron que el Congreso no cuenta con iniciativa de gasto, tal como lo establece la Constitución. Por ello, sostienen que aprobar disposiciones que generan obligaciones legales permanentes constituye una vulneración del marco legal vigente. 

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