
El Gobierno publicó el Decreto Supremo N.° 180-2025-EF, que oficializa la nueva escala remunerativa para los servidores contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N.° 728 en los proyectos especiales creados por el ex Instituto Nacional de Desarrollo (INADE) y otros.
La medida, refrendada por el ministro de Economía y Finanzas, Raúl Pérez-Reyes, busca mejorar las condiciones laborales de este personal, consolidar ingresos y corregir brechas salariales que se arrastraban desde hace más de dos décadas.
El"Instituto Nacional de Desarrollo (INADE) fue un organismo descentralizado de Perú, creado en 1983 para coordinar grandes proyectos de inversión, especialmente en gestión de programas de riego del Ministerio de Agricultura.
En 2008, fue reemplazado por el Ministerio de Agricultura, Ambiente y Desarrollo Sostenible, y sus funciones fueron absorbidas por el Programa Subsectorial de Irrigaciones (PSI).
La decisión se enmarca en la Ley N.° 32215, que autorizó al MEF a aprobar una nueva escala salarial para los trabajadores de los proyectos especiales creados por el ex INADE y que dispuso que dicha escala se base en estudios técnicos de ingresos.
El análisis fue elaborado por la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del MEF, mediante el Informe N.° 0017-2025-EF/53.07, que proyectó los costos de implementación.
La norma alcanza a los servidores que laboran en 21 proyectos especiales, entre los que figuran: Puyango-Tumbes, Jequetepeque-Zaña, Sierra Centro-Sur, Lago Titicaca, Putumayo, Jaén-San Ignacio-Bagua, Alto Huallaga, Pichis-Palcazú, Chira-Piura, Olmos-Tinajones, Chavimochic, Chinecas, Tambo-Ccaracocha, Majes Siguas, Pasto Grande, Tacna, Alto Mayo, Huallaga Central y Bajo Mayo, Madre de Dios y el Plan MERISS.
Estos proyectos tienen a su cargo obras estratégicas de irrigación, hidroenergía, gestión hídrica y desarrollo productivo en la sierra y la selva del país.
El decreto establece montos que oscilan entre S/3.900 y S/14.300 mensuales, organizados en cuatro grupos ocupacionales: auxiliares, técnicos, profesionales y directivos. La distribución es la siguiente:
La norma precisa que ningún servidor podrá percibir ingresos superiores a los establecidos en esta escala.
Los trabajadores recibirán únicamente los conceptos de la nueva escala, además de:
Se prohíbe expresamente cualquier otro tipo de pago, asignación o incentivo fuera de estos conceptos.
La implementación se financiará con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) y de los gobiernos regionales donde operan los proyectos, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Para ello, se autorizan modificaciones presupuestarias internas en las genéricas de gasto de personal, bienes y servicios, y otros gastos, siempre con opinión previa de las oficinas de Presupuesto y Recursos Humanos de cada entidad.
Asimismo, se exonera a las entidades involucradas de varias restricciones contenidas en la Ley de Presupuesto 2025 y en el Decreto Legislativo N.° 1440 (Sistema Nacional de Presupuesto Público), a fin de facilitar la asignación de fondos.
El inicio de la nueva escala será escalonado:
Con esta medida, quedan derogadas todas las resoluciones directorales emitidas por el ex INADE y algunas gerencias regionales entre 1999 y 2011 que habían fijado escalas salariales desfasadas.
La aprobación del Decreto Supremo N.° 180-2025-EF marca un hito en la gestión de recursos humanos del sector público agrario e hídrico, al reemplazar esquemas salariales vigentes desde hace más de 20 años.

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